micelio jurídico

Artículo 10

Decreto 32 de 1989 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, que a 31 de diciembre de 1988 fueron incorporados a la nueva planta de personal, aprobada por el Decreto número 2527 de 1988, y que no hubieren tomado posesión del nuevo empleo, tendrán derecho a partir del 1º de enero de 1989, a la remuneración mensual que venían percibiendo en virtud del Decreto-ley 112 de 1988, incrementada en veinticinco por ciento (25%).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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