micelio jurídico

Artículo 2.2.3.7.1

Comisionados

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisionados. Para todos los efectos de que trata este capítulo, tendrán la calidad de comisionados:

a)

Las Notarías;

b)

Las Cámaras de Comercio;

c)

Los Martillos legalmente autorizados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto número 1639 de 1996 o las normas que lo compilan, sustituyan, adicionen o complementen;

d)

Los centros de arbitraje;

e)

Los centros de conciliación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.3.7.1 Comisionados. Para todos los efectos de que trata este capítulo, tendrán la calidad de comisionados:

a)

Las Notarías;

b)

Las Cámaras de Comercio;

c)

Los Martillos legalmente autorizados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1639 de 1996 o las normas que lo compilan, sustituyan, adicionen o complementen.

(Decreto 890 de 2003 artículo 1°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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