Vigencia. Quedan vigentes las disposiciones que establecen vedas, prohibiciones o restricciones para el ejercicio de la caza y hasta tanto la entidad administradora del recurso no determine los animales silvestres que puedan ser objeto de caza, esta actividad no podrá realizarse excepción hecha de la caza de subsistencia.
(Decreto 1608 de 1978 artículo 251).