Inspección y vigilancia de los programas de educación básica y media. Los programas de educación básica y media que ofrezcan las cajas estarán sujetos a la inspección y vigilancia por parte de las respectivas secretarías de educación Departamental o Distritales y deberán ser comunicados a la Superintendencia de Subsidio Familiar para lo de su competencia.
(Decreto número 1902 de 1994, artículo 8°)