Requerimiento para completar documentos o suministrar informaciones . Si la solicitud de inscripción, autorización o habilitación no reúne los requisitos legales se requerirá por una sola vez al solicitante indicándole claramente los documentos o informaciones que hagan falta.
El requerimiento para completar documentos o informaciones se notificará por correo conforme con lo previsto en el artículo 763 del presente Decreto.