micelio jurídico

Artículo 9

Condiciones Obligatorias Preparativas Para La Vida Autónoma E Independiente

Ley 2479 de 2025 · por medio de la cual se crea el Programa Nacional de Acompañamiento Integral al Egresado del Sistema de Protección del ICBF, se fortalece la oferta estatal, las redes de apoyo y se orientan acciones en procura de su desarrollo integral - Ley hijos del Estado.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Programa Nacional de Acompañamiento Integral al Egresado del sistema de protección del ICBF y su implementación territorial, deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

1.

Fortalecimiento de competencias socioemocionales: Establecimiento de acciones de autocuidado, autoconciencia, inteligencia emocional, formación en ética y valores, libertad religiosa y conciencia social Promoción de formas pacíficas de relacionamiento y resolución de conflictos

2.

Fortalecimiento de competencias en salud y bienestar: Generación de procesos participativos e integrales de acceso a los servicios y tecnólogas en salud, promoción de la salud, autocuidado, salud sexual y reproductiva, prevención de enfermedades de transmisión sexual, salud mental, hábitos alimenticios sanos, participación en actividades físicas, recreativas y deportivas y atención oportuna y prevención en consumo de sustancias psicoactivas.

3.

Fortalecimiento de proyecto de vida digno: Formulación del proyecto de vida de los jóvenes y establecimiento de una hoja de ruta a corto, mediano y largo plazo considerando el contexto, los deseos, las necesidades y las capacidades de las juventudes. Generación de un proceso Intersectorial para apoyar en la consecución de la libreta militar y orientación e incentivos para quienes desean hacer carrera dentro de la fuerza pública de manera voluntaria. Bridar orientación vocacional y ocupacional. Gestión de espacios de participación ciudadana.

4.

Fortalecimiento de la cualificación: Acompañamiento al ingreso o reingreso al sistema escolar a los jóvenes que no han culminado su educación secundaria o media. implementación de una estrategia de tutorías académicas para la nivelación y acompañamiento en los niveles de educación preescolar, básica y media, así como el desarrollo de programas enmarcados en las tres vías de cualificación del Sistema Nacional de Cualificaciones: Educativa, Subsistema de Formación para el Trabajo y Reconocimiento de Aprendizajes Previos Gestión al acceso a programas preuniversitarios como mecanismo de preparación para la educación superior. Promoción del acceso y la permanencia en las Instituciones de Educación Superior, el SENA -en el marco de su autonomía-, y demás instituciones oferentes de programas de las diferentes vías de cualificación.

5.

Fortalecimiento laboral y empresarial: establecimiento de un proceso dentro del Subsistema de Formación para el Trabajo y de capacitación laboral, en emprendimiento y economía social; relaciones interpersonales y de manejo de herramientas ofimáticas con énfasis en las tecnologías de la información y la comunicación, entre otras. Creación de un proceso de acompañamiento en orientación vocacional de artes y oficios. Acompañamiento a las ideas y procesos de negocio individuales y colectivos; además de participación en convocatorias de estímulos económicos para su iniciación o fortalecimiento. Generación de un proceso con el SENA, la agencia pública de empleo y las empresas para la aplicación de la ley del primer empleo ( Ley 1429 de 2010 ) y la posterior vinculación de los jóvenes egresados, así como en coordinación con las entidades encargadas de la armonización con la oferta pública en materia de turismo comunitario, emprendimiento y emprendimiento social.

6.

Fortalecimiento de competencias para la vida: Establecimiento de talleres orientados al aprendizaje de tareas de cuidado, apoyo en la búsqueda de vivienda, orientación en la ciudad y elaboración de. hoja de vida. Creación de estrategias para el fomento de la educación financiera y hábitos financieros saludables.

Parágrafo

Los beneficiarios del programa deberán firmar un compromiso condicionado en el cual se estipule que deben participar de manera activa y responsable en el desarrollo del Programa de Acompañamiento Integral al Egresado, lo contrario dará lugar a la pérdida del acceso a los servicios ofertados en dicho programa, salvo casos de fuerza mayor, caso fortuitoo que escapen a la voluntad del beneficiario del programa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2479 de 2025