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Resolución General45513/03/2024· Ministerio de Transporte

Resolución 455 de 2024 – Por la cual se modifica la resolución 00354 de 21 de febrero de 2022, se crea un Grupo Interno de Trabajo temporal y se asignan responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – Aerocivil.

COLOMBIA Q POTENCIA DE LA VIDA ResoLución Número 00435 DE 13 MAR 200% Y AERONÁUTICA CIVIL Y UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL “Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022 "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil”” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL, . En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 8% del Decreto 1294 de 2021, el Decreto 2597 de 2022 y CONSIDERANDO: Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (en adelante y para todos los efectos del presente acto administrativo, Aerocivil), es una entidad especializada de carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. Es la autoridad aeronáutica en todo el territorio nacional y entre otros, regula, administra, vigila y controla el uso del espacio aéreo colombiano; coordina las relaciones de la aviación civil con la aviación de Estado; presta servicios aeronáuticos y, con carácter exclusivo, desarrolla y operár Jas ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se efectúe con seguridad; reglamenta y supervisa la infraestructura aeroportuaria del país, y administra directa o indirectamente los aeropuertos de su propiedad. Que de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el representante legal, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la Aerocivil, podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, Grupos Internos de Trabajo. Que de acuerdo con el artículo 40 del Decreto 1294 de 2021, son funciones de la Aerocivil, entre otras: *... 20. Dirigir, planificar, operar, mantener y proveer, en lo de su competencia, los servicios de navegación aérea y los servicios aeroportuarios; 21. Asegurar el desarrollo de la gestión de la seguridad operacional y de la seguridad de la aviación civil, y, 22) Ejecutar las actividades necesarias para administrar, mantener y operar la infraestructura aeronáutica de su competencia...”. Que el mismo Decreto en su artículo 8% numeral 14, faculta al Director General para “Organizar grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la Aerocivil”, Que uno de los objetivos estratégicos de la Aerocivil es asegurar el diseño, operación, mantenimiento y actualización de los Sistemas de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) y el Sistema de Gestión de Seguridad de la Aviación Civil (SeMS) y establecer políticas para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a la Navegación Aérea y Aeroportuarios. Que existe el personal para atender las necesidades del grupo de trabajo que se establece en el presente acto administrativo. Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/JUN/2023 Página 1 de 4 COLOMBIA . y POTENCIA DELA AERONAÁUTICA CIVIL vi DA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL LOLAS oz 15 MAR 202 RESOLUCIÓN NÚMERO Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, se crea un Grupo Interno de Trabajo temporal y se asignan responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil” En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. MODIFICAR el artículo 1% de la Resolución 354 de 21 de febrero de 2022, asl: “Artículo 1%. Grupos Internos de Trabajo. Se conforma al interior de la estructura organizacional y de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil- Aerocivil, los siguientes Grupos Internos de Trabajo, con su respectiva ubicación: (...) LIBRO I NIVEL CENTRAL TITULO ITIT SECRETARÍA DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA Capítulo | Secretaría de Servicios a la|1. Grupo SMS/SeMS Servicios a la I Navegación Aérea Navegación Aérea y Aeroportuarios. (...) LIBRO I NIVEL CENTRAL TITULO IV SECRETARÍA DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS Capítulo | Secretaría de Servicios | 4——CGrupo—Sistema—-de—Sestión I Aeroportuarios SMS/Sems AereportuarHos. (...) DEPENDENCIAS TOTAL GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO GIT DIRECCIÓN GENERAL 1 OFICINAS 13 SECRETARÍA DE AUTORIDAD AERONAUTICA 20 SECRETARIA DE SERVICIOS A LA NAVEGACION AÉREA 14 SECRETARIA DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS 11 SECRETARIA CENTRO DE ESTUDIOS AERONAUTICOS -CEA 6 SECRETARIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN - TI 4 Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/1UN/2023 Página 2 de 4 ¿2 COLOMBIA ( POTENCIA DELA RESOLUCIÓN NÚMERO 2004535 DE 2% AERONÁUTICA CIVIL AY UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL 13 MAR, 2024 Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, se crea un Grupo Interno de Trabajo temporal y se asignan responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil” SECRETARIA GENERAL 20 TOTAL, GRUPOS INTERNOS NIVEL CENTRAL 89 TOTAL, GRUPO INTERNOS DIRECCIONES 31 REGIONALES AERONAUTICAS TOTAL, GRUPOS AEROCIVIL 120 Artículo 2. MODIFICAR el artículo 30. Grupo SMS/SeMS Servicios a la Navegación Aérea y Aeroportuarios. Son responsabilidades del grupo SMS/SeMS Servicios a la Navegación Aérea y Aeroportuarios: 1. Estructurar, mantener, orientar y operar el Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) y el Sistema de Gestión de Seguridad de la Aviación Civil (SeMS) de conformidad con los RAC aplicables en materia de servicios de navegación aérea y aeroportuarios en todos los niveles de la Aerocivil, 2. Preparar, publicar, mantener y aplicar manuales, guías, procedimientos y otra documentación que sea requerida para la operación del SMS y SeMS, como corresponde para la Política y Objetivos, la Gestión de Riesgos, el Aseguramiento, la Promoción, la Investigación de Eventos de Seguridad, entre otros, 3. Mantener actualizados los datos, información y documentación del SMS y SeMS para el correcto monitoreo, seguimiento y gestión de reportes. 4, Desarrollar y administrar tableros de control que permitan demostrar e indicar claramente y tan cerca del tiempo real como sea posible a todas las partes interesadas los indicadores, metas de rendimiento y activadores en materia de seguridad operacional y seguridad de la aviación civil para la toma de decisiones de acuerdo con los niveles de tolerancia de riesgo del SMS y SeMS considerando la protección de datos e información correspondiente. 5. Preparar información analizada y procesada con el fin de reportar a los Ejecutivos Responsables el desempeño del SMS y SeMS para la toma de acciones. 6. Gestionar la promoción de la seguridad operacional y seguridad de la aviación civil para el fortalecimiento de la Cultura de Seguridad. 7. Armonizar las líneas de comunicación con las interfaces internas y externas en materia de seguridad operacional y seguridad de la aviación civil con relación a los servicios a la navegación aérea y aeroportuarios. 8. Estructurar, mantener y orientar la operación del Sistema de Gestión de Riesgos Asociados a la Fatiga (FRMS) de conformidad con los RAC aplicables. 9. Realizar seguimiento a las recomendaciones emitidas por el Consejo de Seguridad Aeronáutica, que sean responsabilidad de la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea y la Secretaría de Servicios Aeroportuarios. 10. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 11. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulados por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil, 12, Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/JUN/2023 Página 3 de 4 74 COLOMBIA . Á POTENCIA DE LA 74M AERONÁUTICA CIVIL fo > ES: YI PRA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 00455 DE 13 MAR, 202% Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, se crea un Grupo Interno de Trabajo temporal y se asignan responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil” 13. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 14. Contribuir y participar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida. . 15. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo. Artículo 3%. Suprimir el Artículo 430, Grupo Sistema de Gestión SMS/SeMS Aeroportuarios, establecido en el Libro I Nivel Central, Título IV Secretaría de Servicios Aeroportuarios, Capítulo 1 Secretaría de Servicios Aeroportuarios, artículo 43% de la Resolución 00354 de 21 de febrero de 2022. Artículo 49, Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 15 MAR, 202% Dada en Bogotá D.C., a los PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE DIRECTOR GENERAL Proyectó: Johanna Andrea Solórzano Reyes— Contratista Dirección General. Revisó: Luz Ángela Rodríguez Cepeda- Asesor Aeronáutico III - Dirección General. Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/JUN/2023 Página 4 de 4 100435 43 MAR, 2024 A UNIFICACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE LOS GRUPOS AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL SISTEMA DE GESTIÓN SMS/SeMS DE LA SSNA Y SSA Clave: MSER-4,0-10-001 Versión: 1 Fecha de aprobación: 15/02/2024 10. Contenido INTRODUCCIÓN 2 FECHA DE VIGENCIA 2 OBJETIVO 2 CAMPO DE APLICACIÓN 2 DEFINICIONES 3 DEPENDENCIAS INVOLUCRADAS 4 PROCEDIMIENTOS DE COORDINACIÓN 4 REVISIONES 5 DIVULGACIÓN 5 FIRMAS 6 18 1de6 —)f' ANS ñ ed UNIFICACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE LOS GRUPOS SISTEMA DE GESTIÓN SMS/SeMS DE LA SSNA Y SSA (5 AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL . : Ñ Fecha de aprobación: Clave: MSER-4.0-10-001 Versión: 1 45/02/2024 1. Introducción Uno de los objetivos estratégicos de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil (UAEAC) es la seguridad operacional y de la aviación civil, por tal razón, es de suma importancia que se concentren los esfuerzos entre la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea (SSNA) y la Secretaría de Servicios Aeroportuarios (SSA) mediante un solo Grupo Sistema de Gestión SMS/SeMS que prepare, publique, mantenga, oriente e integre los procesos, procedimientos, manuales, guías para la operación del SMS y SeMS como políticas y objetivos, gestión de riesgos, investigación de eventos, medición y monitoreo del desempeño, gestión del cambio, promoción, recopilación y procesamiento de datos e información, entre otros. Por lo anterior, como Ejecutivos Responsables de los Sistemas de Gestión SMS/SeMS de Navegación Aérea y Aeroportuarios, suscribimos la presente Carta de Acuerdo para dar cumplimiento a las funciones relacionadas en los numerales 8 y 9 del artículo 25 y en los numerales 5 y 6 del artículo 28 del Decreto 1294 140CT21, establecidas respectivamente para cada Secretaría. Fecha de vigencia 15 de febrero de 2024 Objetivo Asegurar el diseño, operación, mantenimiento y actualización de los Sistemas de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) y del Sistema de Gestión de Seguridad de la Aviación Civil (SeMS) y establecer políticas para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a la Navegación Aérea y Aeroportuarios por parte de la Aerocivil, asignando las funciones de los artículos 30 y 43 de la Resolución 0354 21FEB22 a la Coordinación del Grupo Sistema de Gestión SMS/SeMS Navegación Aérea. Campo de aplicación En cumplimiento del RAC 219 diciembre 2017 — Gestión de Seguridad Operacional y del RAC 160 diciembre 2020 - Seguridad de la Aviación Civil, aplica para la provisión de los servicios a la navegación aérea y aeroportuarios prestados a través de: -* Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea « Dirección de Operaciones a la Navegación Aérea e Dirección de Telecomunicaciones y Ayudas a la Navegación Aérea Página 2 de 6 UNIFICACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE LOS GRUPOS SISTEMA DE GESTIÓN SMS/SeMS DE LA SSNA Y SSA AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL 4 Clave: MSER-4,0-10-001 Verslón: 1 Fecha de aprobación: e Secretaría de Servicios Aeroportuarios e Dirección de Operaciones Aeroportuarias e Dirección de Infraestructura y Ayudas Aeroportuarias e Dirección de Concesiones Aeroportuarias e Direcciones Regionales Aeronáuticas e Grupos Regionales de Servicios de Tránsito Aéreo + Grupos Regionales de Información Aeronáutica + Grupos Regionales Servicios de Extinción de Incendios e Grupos Regionales de Mantenimiento Sistemas Navegación Aérea o Otras dependencias que contribuyan y participen en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida. 5. Definiciones Ejecutivo responsable: será una persona única e identificable, dentro de cada organización, quien asumirá la responsabilidad total sobre el cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) y demás normatividad aeronáutica aplicable.! Personal de operaciones: Personal que participa en las actividades de aviación y está en posición de notificar información sobre seguridad operacional. RAC219 Nota. - Dicho personal comprende, entre otros: tripulaciones de vuelo; controladores de tránsito aéreo; operadores de estaciones aeronáuticas; técnicos de mantenimiento; personal de organizaciones de diseños y fabricación de aeronaves; tripulaciones de cabina; despachadores de vuelo; personal de plataforma y personal de servicios de escala. Proveedor de servicios a la aviación: Es toda organización, empresa o entidad estatal que entregue o explote servicios a la aviación civil, como son los centros de instrucción o entrenamiento aeronáutico, los operadores o explotadores de transporte aéreo comercial en cualquier clasificación o modalidad; las organizaciones de mantenimiento o talleres aeronáuticos de reparaciones que ofrecen servicios a los explotadores de aviones O helicópteros dedicados al transporte aéreo comercial nacional e internacional; los organismos responsables del diseño de tipo o fabricación de aeronaves, los proveedores de servicios a la navegación aérea, incluidos todos sus componentes (ATS, AIS, MET, SAR, PANS-OPS, C/N/S) y los operadores, explotadores o mantenedores de aeródromo, así como los servicios de escala. RAC219 1 CIRCULAR INFORMATIVA N" 005 - Asuntos complementarios a la norma sobre Gestión de Seguridad Operacional (SMS) — 07/06/2018 ara 6 400435 13 MAR 202% UNIFICACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE LOS GRUPOS SISTEMA DE GESTIÓN SMS/SeMS DE LA SSNA Y SSA (5 AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Fecha de aprobación: Clave: MSER-4.0-10-00* Versión: 1 15/02/2024 Seguridad operacional: Estado en el que los riesgos asociados a las actividades de aviación relativas a la operación de las aeronaves, o que apoyan directamente dicha operación, se reducen y controlan a un nivel aceptable. RAC219 Seguridad de la aviación: Protección de la aviación civil contra actos de interferencia ilícita. Este objetivo se logra mediante una combinación de medidas y recursos humanos y materiales. DOC8973 OACI Sistema de gestión de la seguridad operacional (Safety Management System, SMS): Enfoque sistemático para la gestión de la seguridad operacional que incluye las estructuras orgánicas, la: obligación de rendición de cuentas, las responsabilidades, las políticas y los procedimientos necesarios. RAC219 Sistema de gestión de seguridad de la aviación civil (Security Management System, SeMS): Enfoque estructurado para la gestión de la seguridad, como parte integral de sus actividades generales. Un SeMS es una herramienta para integrar sistemáticamente la gestión de los riesgos de seguridad en las operaciones cotidianas de una entidad, alineándola con otros sistemas de gestión de riesgos. DOC8973 OACI . Dependencias involucradas .« Grupo Sistema de Gestión SMS/SeMS Navegación Aérea de la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea, y « Grupo Sistema de Gestión SMS/SeMS Aeroportuario de la Secretaría de Servicios Aeroportuarios. . Procedimientos de coordinación La Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea mantiene su competencia y el cumplimiento de las funciones relacionadas en el artículo 25 del Decreto 1294 140CT21 numeral “8. Actuar como Ejecutivo responsable del Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) y de Seguridad a la Aviación Civil (SeMS) y asegurar el diseño, operación, mantenimiento y actualización de los mismos como proveedor de servicios de navegación aérea” y numeral “9. Establecer las políticas de gestión de seguridad operacional y de aviación civil para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a su cargo, garantizando la implantación de los sistemas adecuados de gestión, en su calidad de ejecutivo responsable del proveedor de servicios de navegación aérea”. Página 4 de 6 AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL UNIFICACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE LOS GRUPOS SISTEMA DE GESTIÓN SMS/SeMS DE LA SSNA Y SSA Clave: MSER-4.0-10-001 Versión: 1 Fecha de aprobación: 45/02/2024 La Secretaría de Servicios Aeroportuarios mantiene su competencia y el cumplimiento de las funciones relacionadas en el artículo 28 del Decreto 1294 140CT21 numeral “5. Diseñar, operar, mantener y actualizar el Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS), de Seguridad a la Aviación Civil (SeMS) y de gestión ambiental como proveedor de los servicios aeroportuarios a su cargo” y numeral “6. Establecer las políticas de gestión de seguridad operacional de aviación civil y de gestión ambiental para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a su cargo”. Por lo anterior, los Ejecutivos Responsables de los Sistemas de Gestión SMS/SeMS de Navegación Aérea y Aeroportuarios unificarán las Coordinaciones de los grupos designando un solo Gerente de Seguridad que será responsable de la implantación y el mantenimiento del SMS/SeMS, El cargo de Coordinador del Grupo Sistema de Gestión SMS/SeMS Navegación Aérea, será el equivalente al Gerente de Seguridad o el Safety Manager de acuerdo con el estándar internacional y se encargará de la Gestión de Seguridad Operacional y de la Aviación Civil de la Secretaria de Servicios a la Navegación Aérea y la Secretaría de Servicios Aeroportuarios en conformidad con las normas vigentes y de acuerdo con las funciones enmarcadas en los artículos 30 y 43 de la Resolución 0354 21FEB22. Coordinador Grupo Sistema de Gestión SMS/SeMS Servicios a la Navegación Aérea y Aeroportuarios: dagoalbeiro.paredesWMaerocivil.gov.co Celular 3188218270 . Revisiones La presente Carta de Acuerdo deberá ser actualizada y modificada, cuando los procedimientos indicados en la misma resulten afectados por enmiendas a las normas, métodos recomendados, procedimientos suplementarios y planes regionales de la OACI, y así mismo cuando se modifiquen los Reglamentos Aeronáuticos Colombianos-RAC y las respectivas Circulares, Enmiendas o Suplementos. . Divulgación Se hace necesario que la divulgación del presente acuerdo y subsiguientes modificaciones, se notifiquen por el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo (SGDEA), por correo institucional y por otros medios que permitan a todo el personal de operaciones tener una completa ilustración acerca de esta carta de acuerdo con el fin de que cumplan y apliquen las políticas y procedimientos derivados del Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) y del Sistema de Gestión de Seguridad de la Aviación Civil (SeMS) de la Secretaría de Servicios a la Navegación y la Secretaria de Servicios Aeroportuarigs para mitigar los riesgos en la adecuada prestación de los servicios a su cargo. » ágina 5 de 6 UNIFICACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE LOS GRUPOS SISTEMA DE GESTIÓN SMS/SeMS DE LA SSNA Y SSA AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Clave; MSER-4.0-10-001 Versión: 1 Fecha de aprobación: 10.Firmas és Male. 15/02/2024 m4 ARRAGÁN ANDRES ARBOLEDA SALAZAR Secretaría de Serviciosiá la Navegación Aérea Secretario de Servicios Aeroportuarios Ejecutivo Responsable SMS/SeMS Ejecutivo Responsable SMS/SeMS Página 6 de 6