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Resolución General267114/12/2023· Ministerio de Transporte

Resolución 2671 de 2023 – Por la cual se crea el Grupo de Planificación y Organización del Espacio Aéreo Colombiano y se modifica el artículo 1 de la resolución 00354 de 2022 en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – Aerocivil.

EY COLOMBIA Ed (e POTENCIA DE LA AERONÁUTICA CIVIL VY . DA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 4() 2 67 1 be 13 DIC, 2023 “Por la cual se crea el Grupo Planificación y Organización del Espacio Aéreo Colombiano y se modifica el artículo 1 de la resolución 00354 de 2022 en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA AERONÁUTICA CIVIL - AEROCIVIL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 14 del artículo 8” del Decreto 1294 de 2021, el Decreto 2597 de 2022, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 115 de la ley 489 de 1998 el representante legal, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la Aerocivil, podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio Grupos Internos de Trabajo. Que el Decreto 1294 de 2021, artículo 8”, numeral 14, faculta al Director General para: "Organizar grupos intérnos de trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la Aerocivil”. Que mediante Decreto 2597 del 23 de diciembre de 2022, se nombra al Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. Que por medio del decreto 1294 de 2021 en su artículo 25, se crea la Secretaria de Servicios Navegación Aérea, y dentro de sus funciones se estipula en el inciso cuarto (4) “implementar el diseño y la organización del espacio aéreo a su cargo para atender los requerimientos operacionales acorde con los criterios del Plan de Navegación Aérea para Colombia (PNACOL), así como los criterios derivados de la implementación de nuevos sistemas aéreos no tripulados cuando sea necesario”. Que por razones de necesidad del servicio y con el fin de tener un mayor cubrimiento de los procesos misionales, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil, requiere conformar un grupo interno de trabajo con el fin de cumplir las funciones que respondan al objetivo primordial de mantener las condiciones de seguridad operacional y de seguridad a la aviación civil, que conduzcan a mejorar la atención de las necesidades de los usuarios del espacio aéreo colombiano y del sector aeronáutico. Que existe el personal y la disponibilidad presupuestal para atender los gastos que demanda la constitución del grupo de trabajo que se establece en el presente acto administrativo. En mérito de lo expuesto, Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/JUN/2023 Página 1 de 4 COLOMBIA POTENCIA DELA YIDA RESOLUCIÓN NÚMERO 202671 DÉ 13 BIC. 2023 Continuación de la Resolución “Por la cual se crea un grupo interno de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.” 1 42% AERONÁUTICA CIVIL LY UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL RESUELVE: Articulo 1. Modificar parcialmente el artículo primero de la resolución 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedara así: “Articulo 1. Grupos de trabajo. (...) LIBRO 1 NIVEL CENTRAL TÍTULO 111 SECRETARÍA DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA Capítulo | Secretaría de Servicios 3. Grupo Planificación y Organización del a la Navegación Aérea az Espacio Aéreo (...) TOTAL DEPENDENCIAS GRUPOS INTERNOS DIRECCIÓN GENERAL 1 OFICINAS 13 SECRETARÍA DE AUTORIDAD AERONAUTICA 20 SECRETARIA DE SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN AÉREA 14 SECRETARÍA DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS 12 SECRETARÍA CENTRO DE ESTUDIOS AERONÁUTICOS — CEA 6 SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN — Tl 4 SECRETARÍA GENERAL 20 TOTAL, GRUPOS INTERNOS NIVEL CENTRAL 90 TOTAL, GRUPOS INTERNOS EN REGIONALES 30 TOTAL, GRUPOS AEROCIVIL 120 Artículo 2. Adicionar el articulo 30.2 en la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea Por medio del cual se conforma un grupo interno de trabajo denominado: Grupo Planificación y Organización del Espacio Aéreo, el cual quedará así: Articulo 30.2 Grupo Planificación y Organización del Espacio Aéreo: son responsabilidades del grupo Planificación y Organización del Espacio Aéreo 1. Proporcionar estrategias, y planes de acción por medio de los cuales se estructurará el espacio aéreo para dar cabida a los distintos tipos de actividades aeronáuticas. 2. Planificar y organizar el espacio aéreo de responsabilidad colombiana para facilitar el desarrollo continuo de los vuelos mediante trayectorias de Vizez Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/JUN/2023 Página 2 de 4 COLOMBIA . POTENCIA DE LA AERONÁUTICA CIVIL - Vi DA . UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL ResoLución NÚMERO 02671 De 13 DIC. 2023 Continuación de la Resolución “Por la cual se crea un grupo interno de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.” vuelo optimas, basado en trayectorias de vuelo dinámicas y cambiantes, estableciendo sistemas estructurados de rutas, sectores y categorías de espacio aéreo adaptadas a las necesidades de tránsito que servirán de apoyo al funcionamiento eficiente de los servicios ATM mediante la proyección de la estructura CNS. 3. Coordinar con los estados de las regiones Caribe, Sur América y FIR adyacentes, lo pertinente a la planificación e integración del espacio aéreo y rutas regionales, así como participar en acuerdos relativos al espacio aéreo regional. 4. Diseñar planes y servicios de navegación para permitir el óptimo funcionamiento ATM enmarcado en los niveles de servicio eficiente y adaptado a la dinámica de innovación tecnológica aeronáutica y planes de navegación aérea nacional y global. D. Plantear políticas de uso flexible de espacios aéreos (FUA) mediante planes conjuntos en coordinación con los entes militares de aviación, a fin de optimizar el espacio aéreo mediante operaciones mixtas. 6. Planificar las actividades necesarias para la integración de la aviación tripulada en conjunto con las operaciones de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), siguiendo las políticas emanadas por la Dirección General. 7. Participar mediante delegación o en representación de la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea en los grupos de tarea interdisciplinarios que traten temas relativos a la organización del espacio aéreo, de navegación aérea y relativos CARSAMMA; así como en los convenios y compromisos adquiridos con otras áreas de la entidad, con organismos nacionales, con organismos internacionales y con la Organización de la Aviación Civil Internacional — OACI. 8. Cumplir con las políticas y procedimientos derivados del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) y del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Aviación Civil (SeMS) de la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea. 9. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos mejoramiento de los procesos a su cargo. 10. Llevara cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulados por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. Clave: ESTR-3,0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/JUN/2023 Página 3 de 4 COLOMBIA POTENCIA DE LA YIDA AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 02671 DÉ 13 DIC. 2023 Continuación de la Resolución “Por la cual se crea un grupo interno de trabajo en la 11. 12. 13. 14. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.” Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. Contribuir y participar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo. Artículo 3. Vigencia La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición, y adiciona el artículo 30.2 de la resolución 00354 de 2022. Dada en Bogotá D.C., a los 13 DIC. 2023 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE S GIO P% ÍS MENDOZA Director General úl Proyectó: Carlos Uriel Barragán Mina, Secretario de Servicios a la Navegación Aérea, V Revisó: Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea Luz Ángela Rodriguez Cepeda, Asesor Aeronáutico, Dirección General Claudia Beatriz Esguerra Barragán, Coordinadora Grupo Innovación Organizacional Juan Camilo Bejarano Bejarano, Jefe Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora Jurídica Marina Segura Sáenz, Directora de Gestión Humana, Dirección de Gestión Humana Esmeralda Molina Gomez, Secretario General, Secretaría General Carlos Humberto Morales Reyes, Jefe Oficina Asesora de Planeación > uy Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 09 Fecha: 07/JUN/2023 Página 4 de 4