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Resolución General56229/03/2023· Ministerio de Transporte

Resolución 562 de 2023 – Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil.

" REPÚBLICA DE COLOMBIA (9) AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL E - MINISTERIO DE TRANSPORTE MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución número 8 MAR, 2023 (400562) a “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA AERONÁUTICA CIVIL - AEROCIVIL, En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 14 del artículo 8” del Decreto 1294 de 2021, el Decreto 2597 de 2022, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 115 de la ley 489 de 1998, el representante legal, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de las entidades y organismos, podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. Que el Decreto 1294 de 2021, artículo 8”, numeral 14, faculta al Director General para: “Organizar grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la Aerocivif”. Que, mediante Decreto 2597 del 23 de diciembre de 2022, se nombra al Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. Que con el fin de armonizar e integrar las funciones de la Aerocivi!, se hace necesario suprimir y crear unos grupos internos de trabajo, creados conformados según su literal en la Resolución No. 00354 de 2022. Que corresponde a la Aerocivil gestionar, realizar y analizar estudios de la aviación civil, a través de herramientas de inteligencia de negocios y analítica avanzada, por lo que se hace necesario crear el Grupo Estadística y Análisis Sectorial y ubicarlo en la Oficina de Analítica. Que corresponde a la Aerocivil gestionar el portafolio de proyectos de la entidad y establecer las prioridades para cada proyecto, asegurando que los mismos se ajusten a la normativa vigente, y a los (planes), Plan Nacional de Desarrollo, Plan Estratégico Institucional, Plan de Navegación Aérea y Planes Maestros. por lo cual se hace necesario crear el Grupo Planificación Aeronáutica y ubicarlo en la Oficina de Gestión de Proyectos. Que es función de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil armonizar y estandarizar las actividades que se realizan en los terminales aeroportuarios de pasajeros y carga con el fin de prestar un nivel de servicio eficaz, ágil y seguro a los usuario, que permita satisfacer las necesidades del mercado; garantizar la facilitación, actuando en - cooperación con los diferentes sectores para el mejoramiento continuo de los procesos de * control y procedimientos de servicio, en cumplimiento del RAC 209,. por lo cual se ha necesario crear el Grupo Gestión de Terminales y ubicarlo en la Dirección de Operacigts | Aeroportuarias. REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE (5) AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Libertad y Oiden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL. DE AERONÁUTICA CIVIL 2 8 MAR, 2023 Resolución número (400562) “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” - Que existe el personal y la disponibilidad presupuestal para atender los gastos que demanda la constitución de los grupos de trabajo que se establecen en el presente acto administrativo. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1%: MODIFICAR el artículo 1*. de la Resolución 354 de 2022, así: “Artículo 1%. Grupos internos de Trabajo. Se conforma al interior de la estructura organizacional y de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil-Aerocivil, los siguientes Grupos Internos de Trabajo, con su respectiva ubicación: (...) . LIBRO | NIVEL CENTRAL TITULO | DIRECCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Capítulo . % 1. Gnupo Procesamiento y Análisis de Producto. vi Oficina de Analítica 2. Grupo Estadísticas y Análisis Sectorial. capta! O | Oficina de Gestión de Proyectos 1. Grupo Planificación Aeronáutica. (...) ) TÍTULO IV SECRETARÍA DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS - Secretaría de Servicios 1. Grupo Sistema de Gesfión SMS/SeMS Capítulo Í . - Aeroportuarios Aeroportuarios. 1. Grupo Gestión de Aeródromos. . e a. 2. Grupo Seguridad de la Aviación Civil. Capitulo Il A ais Operaciones 3. Grupo Gestión Ambiental y Control de Fauna. Pp 4. Grupo Salvamento y Extinción de Incendios. 5. Grupo Gestión de Terminales. ; Dirección de Concesiones : - Capítulo IV Aeroportuarias 1. Grupo Proyectos Concesiones Aeroportuarias. e Eb TY Fecha: 22/08/2022 Página: 2 de 11 Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 08 Y (9 AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA Libertad y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución número (400562 28'MAR 2073 “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.” j MINISTERIO DE TRANSPORTE TOTAL GRUPOS DEPENDENCIAS INTERNOS DE TRABAJO * GIT DIRECCIÓN GENERAL 1 OFICINAS 13 SECRETARÍA DE AUTORIDAD AERONÁUTICA 20 SECRETARÍA DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA 13 SECRETARÍA DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS 11 SECRETARÍA CENTRO DE ESTUDIOS AERONÁUTICOS — CEA 6 SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN - TI SECRETARÍA GENERAL 20 TOTAL, GRUPOS INTERNOS NIVEL CENTRAL 88 TOTAL, GRUPOS INTERNOS DIRECCIONES 30 REGIONALES AERONÁUTICAS TOTAL, GRUPOS AEROCIVIL 118 Artículo 2”. SUPRIMIR el Grupo de Estudios Sectoriales, establecido en el libro | Nivel Central, Titulo Il Secretaría de Autoridad Aeronáutica, Capítulo !! Dirección de Transporte Aéreo y Asuntos Aerocomerciales, numeral 3, creado en el artículo 23 de la Resolución 00354 del 21 de febrero de 2022. Artículo 3”. CONFORMAR el Grupo Estadística y Análisis Sectorial de la Oficina de Analítica, sus responsabilidades son: 1. 2. / Realizar estudios, evaluar y recomendar indicadores socioeconómicos que midan el desarrollo de la aviación civil. Elaborar los análisis del sector requeridos y asociados a los diferentes procesos de contratación de la entidad. Elaborar los estudios de mercado de los sectores proveedores de bienes y servicios que permitan conocer el comportamiento de ¡os precios y establecer el presupuesto oficial de la contratación, aplicando manejo de datos, modelos matemáticos, modelos analíticos y metodologías de análisis estadístico apropiado y acorde a las características específicas de la contratación. Difundir la información estadística de las diferentes actividades de la aviación civil, relacionadas con la operación, la situación financiera, los costos de operación por tipo de aeronave, consumo de combustible, emisiones de CO2, cumplimiento de los itinerarios, tarifas de los servicios y demás indicadores muestren los cambios del sector. A Clave: ESyR?3.0-1 es Versión: 08 Fecha: 22/08/2022 Página: 3 de 11 REPÚBLICA DE COLOMBIA (9) AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL j E MINISTERIO DE TRANSPORTE >> + y e MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERORNÁUTICA CIVIL Resolución número ? 8 MAR, 2023 “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” 5. Evaluar la información, realizar pronósticos y proyecciones de las condiciones del mercado, de acuerdo con los parámetros nacionales e internacionales de aviación. 6. Evaluar y hacer seguimiento a la calidad de la información estadística para mejorar su credibilidad. 7. Elaborar y divulgar los informes y boletines estadísticos sobre el comportamiento del mercado en los medios puestos a disposición, así como atender y dar respuesta a las consultas que se formulen en la materia estadística. 8. Registrar las tarifas por los servicios de la aviación civil en el respectivo sistema de información y «desarrollar los análisis y estudios que sobre este tema se requieran para la toma de decisiones. 9. Mantener aciualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimien:os, manuales, guías, evidencias, registros, indicadores para las etapas de planificación, ejecución, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 10. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulado por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. 11. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. 12. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 13. Contribuir y particivar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida. 14. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo. Artículo 4%. SUPRIMIR el Grupo de Planificación Aeroportuaria establecido en el libro | Nivel Central, Titulo 1Y, Capitulo | Secretaría de Servicios Aeroportuarios, numeral 2, conformado en el artículo 44 de la Resolución 00354 del 21 de febrero de 2022. Artículo 5% CONFORMAR el Artículo 12.1 a la Resolución 00354 de 21 de febrero de 2022 a través del cual se conforma el Grupo Planificación Aeronáutica de la Oficina Gestión de Proyectos, el cual quedará así: “Artículo 12.1: Grupo Planificación Aeronáutica, cuyas responsabilidades WA NY Claves ESTR-3.-12-002 Vérsión: 08 Fecha: 22/08/2022 Página: 4 de 11 REPÚBLICA DE COLOMBIA '” MINISTERIO DE TRANSPORTE > 2 de 4 (5) AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Libertad y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución número 400562) “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.” 28 MAR. 2023 1. Elaborar, revisar y actualizar los planes maestros o esquemas de planificación aeroportuaria con base en el desarrollo de las políticas del Gobierno Nacional y la Aerocivil en el marco de las regulaciones nacionales e internacionales. 2. Brindar apoyo técnico de planificación aeronáutica a las entidades territoriales propietarios de aeródromos, en coordinación con el Grupo ASAE. 3. Armonizar en los planes maestros o esquemas de planificación aeroportuaria los informes y boletines estadísticos sobre el comportamiento del mercado. 4. Coordinar con el Grupo Gestión de Terminales, las mejores prácticas de flujos y procesos para evitar retrasos al tránsito de los pasajeros y la carga en todos los componentes directos e indirectos de las terminales. 5. Orientar la vocación del servicios de la red aeroportuaria del país, en beneficio del transporte de pasajeros, carga, aviación ejecutiva, deportiva, instrucción o el turismo, entre otros. 6. Articular la planificación de la inversión aeronáutica con el Plan de Navegación aérea para Colombia-(PNACOL). 7. Orientar y conceptuar sobre el desarrollo ordenado de la infraestructura aeronáutica, para asegurar la eficiencia operacional de los aeropuertos. 8. Contribuir a la gestión de las dependencias responsables en la ejecución de los planes aprobados en el corto, mediano y largo plazo. 9. Aplicar mecanismos de coordinación e implementar programas y proyectos derivados con las demás entidades y organismos que tengan a su cargo funciones complementarias. 10. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros, indicadores para las etapas de planificación, ejecución, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 11. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulado por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. 12. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. 13. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 14. Contribuir y participar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida. . 15. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que corresponda“a la naturaleza del grupo.” Página: 5'de 11 REPÚBLICA DE COLOMBIA (9) AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL ES MINISTERIO DE TRANSPORTE S + MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución número ? 8 MAR, 2023 400562) “Por la cual se uprir. an y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” Artículo 6, MODIFICAR el artículo 45 de la Resolución 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: “Artículo 45. Grupo Gestión de Aeródromos. Son responsabilidades del grupo las siguientes: 1. Proveer, verificar, controlar, evaluar y mejorar de manera articulada la gestión de limitación: de obstáculos, los planes de emergencia, traslado de aeronaves inutilizadas, gestión del área de movimiento, dirección de plataforma, servicios de aeronaves en tierra, entre otros planes, para la correcta operación en los aeródromos a su cargo, de acuerdo con la necesidad de corto, mediano y largo plazo, en cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. 2. Identificar y reportar los eventuales obstáculos que se evidencien desde el área de despegue, aterrizaje y rodajes de aeronaves integrada por el área de maniobras; y las pl.r:aformas. 3. Gestionar lo: recursos necesarios para la provisión de los servicios a Su cargo, oportuna, eficiente, eficaz y ambientalmente sostenible, articulados con el Plan de Navegación Aérea para Colombia. 4. Aplicar mecanismos de coordinación e implementar programas y proyectos derivados con las demás entidades y organismos que tengan a su cargo funciones complementarias. 5. Evaluar el desempeño, realizar seguimiento del cumplimiento de la normatividad aplicable, tomar acciones correctivas y preventivas para la mejora de la eficiencia, eficacia y efectividad en la prestación de los servicios a su cargo a nivel nacional. 6. Coordinar y perticipar en los procesos de instrucción del Programa de Entrenamiento vigente. 7. Asegurar la vigencia del permiso de operación, la condición de explotador de aeródromo y la certificación cuando ésta se requiera. 8. Cumplir con las políticas y procedimientos derivados del sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) y del sistema de Gestión de Seguridad de la Aviación Civil (SeliS) de la Secretaria de Servicios Aeroportuarios para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a su cargo. 9. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros, indicadores para las etapas de pianificación, ejecución, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 10. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulado por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. Fetha: 22/08/2022 Página: 6 de 11 REPÚBLICA DE COLOMBIA A AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución número 4po0582) “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” 2.8 MAR, 2023 11. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información — MSPI, asociados a la protección de la información. 12. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 13. Contribuir y participar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida 14. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo.” Artículo 7”. MODIFICAR el artículo 46 de la Resolución 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: “Artículo 46. Grupo Seguridad de la Aviación Civil. Son responsabilidades del grupo las siguientes: 1. Proveer, verificar, controlar, evaluar y mejorar de manera articulada la gestión de los servicios de Seguridad de la Aviación Civil de los aeródromos a su cargo, de acuerdo con la necesidad de corto, mediano y largo plazo, en cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. 2. Gestionar los recursos necesarios para la provisión de los servicios a Su cargo, oportuna, eficiente, eficaz y ambientalmente sosienible, articulados con el Plan de Navegación Aérea para Colombia. 3. Aplicar mecanismos de coordinación e implementar programas y proyectos derivados con las demás entidades y organismos que fengan a su cargo funciones complementarias. 4. Evaluar el desempeño, realizar seguimiento del cumplimierto de la normatividad aplicable, tomar acciones correctivas y preventivas para la mejora de la eficiencia, eficacia y efectividad en la presentación de los servicios a Su cargo a nivel nacional. 5. Coordinar y participar en los procesos de instrucción del Programa de Entrenamiento de Seguridad vigente. 6. Ejecutar los programas de mantenimiento y conservación del equipamiento a su cargo. 7. Asegurar el monitoreo de los Aeropuertos a través de tos circuitos cerrados de TV desde el Centro Situacional de Gestión de Crisis en «1 Centro de Gestión Aeronáutico de Colombia - CGAC 8. Cumplir con las políticas y procedimientos derivados dei sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) y del sistema de Gestión de Seguridad a Clave* . 4 2 ¿rá n: 08 : 22/08/2022 Tide 11 Fe Página: ES MINISTERIO DE TRANSPORTE Es MINISTERIO DE TRANSPORTE Dos AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Libertad y Osden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución número ? 8 MAR, 2023 (400562) “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” Aviación Civil (SeMS) de la Secretaria de Servicios Aeroportuarios para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a su cargo. 9. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros, indicadores para las etapas de planificación, ejecución, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 10. Llevar a cabo las aciividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulado por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. 11. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información — MSP, asociados a la protección de la información. 12. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MiPG, y frente a los hallazgos derivados de fas auditorías internas y externas. 13. Contribuir y participar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividaci establecida 14. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo. Artículo 8%. SUPRIMIR el Grupo Marketing Aeroportuario establecido en el libro | Nivel Central, Titulo IV Secretaría de Servicios Aeroportuarios, Capítulo IV Dirección de Concesiones Aeroportuarias, numeral 2, conformado en el artículo 23 de la Resolución 00354 del 21 de febrera de 2022. Artículo 9%. ADICIONAR ei Artículo 46.1 a la Resolución 00354 de 21 de febrero de 2022 a través del cual se conforma el Grupo Gestión de Terminales de la Dirección de Operaciones Aeroportuarias, el cual quedará así: “Artículo 46.1 Grupo Gestión de Terminales. Son responsabilidades del Grupo Operación de Terminales las siguientes: 1. Mantener actualizado el catálogo de los servicios que se prestan en las terminales de pasajeros y de carga de los aeropuertos administrados por la Aerocivil. 2. Desarrollar e implementar planes, programas, proyectos y estrategias de mercadeo y comercialización de los terminales de pasajeros y de carga administrados por la Aerocivil. 3. Fortalecer el sistema de información comercial en las terminales de pasajerós y de carga de los Aeropuertos administrados por la Aerocivil Fecha: 22/08/2022 Página: 8 de 11 (5 AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA como La MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución número “o0552 9 8 MAR, 2023 “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad 10. 11. 12. 13. 14. Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -— Aerocivil.” Realizar la medición de la calidad de los servicios prestados en los aeropuertos administrados por la Aerocivil. Coordinar con el Grupo de Planificación Aeronáutica, las mejores prácticas de flujos y procesos para evitar retrasos al tránsito de los pasajeros y la carga en todos los componentes directos e indirectos de las terminales. Recomendar acciones orientas a la eficiencia y seguimiento a las normas y métodos contenidos en el RAC 209. Facilitación de! Transporte Aéreo, en los aeropuertos a su cargo a nivel nacional. Asegurar la prestación de los servicios médicos aeroportuarios en las terminales administradas por la Aerocivil en los que de acuerdo cor: la normatividad aplique la prestación de este servicio. Aplicar los mecanismos de coordinación vigentes con las demás entidades y organismos que tengan a su cargo funciones complementarias. Ejercer la supervisión y control de terminales de pasajeros y de carga para el correcto funcionamiento en los aeropuertos administrados por la Aerocivil. Gestionar los recursos necesarios para la provisión de los servicios aeroportuarios a su cargo, de manera oportuna, eficiente, eficaz y ambientalmente sostenible articulados con el Plan de Navegación Aérea para Colombia. Cumplir con las políticas y procedimientos derivados del sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) y del sistema de Gestión de Seguridad de la Aviación Civil (SeMS) de la Secretaria de Servicios Aeroportuarios para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a su cargo. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros, indicadores para las etapas de planificación, ejecución, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulado por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información — MSPI, asociados a la protección de la información. 15. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos 16. de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. Contribuir y participar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida 17. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondán a la naturaleza del grupo. Página: 9 de 11 MINISTERIO DE TRANSPORTE REPÚBLICA DE COLOMBIA ESF MINISTERIO DE TRANSPORTE de E A AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Libertad y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL 2 8 MAR. 2023 Resolución número 400562) “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” Artículo 10%, MODIFICAR el Artículo 47 de la Resolución 00354 de 21 de febrero de 2022 a través del cual se crea el Grupo Gestión Ambiental y Control de Fauna de la Dirección de Operaciones Aeroportuarias, el cual quedará así: Artículo 47", Grupo Gestión Ambiental y Control de Fauna. Son funciones del Grupo Gestión Ambiental y Control de Fauna, las siguientes: 1. Proveer, verificar, controlar, evaluar y mejorar de manera articulada la gestión ambiental, social y de riesgo de desastres naturales, control y reducción de peligros por fauna en los aeropuertos a su cargo, de acuerdo con la necesidad de corto, mediano y largo plazo, en cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. : 2. Gestionar los recursos necesarios para la provisión de los servicios a su cargo, de manera oportuna, eficiente, eficaz y ambientalmente sostenible, articulados con el Plan de Navegación Aérea para Colombia. 3. Implementar los programas y proyectos derivados de la planeación para atender las necesidades del servicio. 4. Aplicar los mecanismos de coordinación con las Direcciones Regionales Aeronáuticas, Gerentes Aeroportuarios, entidades y organismos que tengan a su cargo funciones complementarias. 5. Evaluar «el desernpeño, realizar seguimiento del cumplimiento de la documentación aplicable, tomar acciones correctivas y preventivas para la mejora de la eficiencia, eficacia y efectividad en la prestación de los servicios a su cargo a nivel nacional. 6. Participar y apoyar en los procesos de instrucción del Programa de Entrenamiento vigente. 7. Estructurar, mantener y orientar la operación del sistema de gestión ambiental de acuerdo con la reglamentación vigente. Emitir directrices para que todos los proyectos, obras o actividades se desarrollen de forma ambientalmente sostenible en cumplimiento de los planes y programas de los instrumentos ambientales vigentes para los aeropuertos a su cargo. 8. Realizar los estudios y trámites de viabilidad ambiental ante las autoridades - ambientales de los distintos proyectos a desarrollar dentro de los predios de la “> Aerocivil. 9. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 10. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulados por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuérdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. Página: 10 de 11 “) a, AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA Libertad y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE .AERONÁUTICA CIVIL Resolución número 400552) “Por la cual se suprimen y se crean unos grupos internos de trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil — Aerocivil.” MINISTERIO DE TRANSPORTE 28 MAR, 2023 11. Dar cumplimiento a los lineamientos del modelo de seguridad y privacidad de la información - MSPI, asociados a la protección de la información. 12. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 13. Participar en materia de seguridad operacional, seguridac! de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida. 14. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo. Artículo 11%, Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fechia de expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C.; a los S MENDOZA r General 28 MAR, 2023 NOMBRE ( CARGO DEPENDERCIA FIRMA Marina Segura Sáenz | Directora de Área Dirección de Gestión Humana e Ñ Proyectó: Luz Mirella Giraldo Coordinadora Grupo Administración del - 7 Ortega Talento Humano XX E ] Dí Angela Inés Páez | Director Aeronáutico de | Dirección de Operaciones | y 1Z Y Piñeros Área Aeroportuarias (E) Oy : Director Aeronáutico de | Dirección de Concesiones A 17 a Fanny Pereira Góez Área Aeroportuarias (E) pe Revisó: Jaime Portela Rivera Especialista Aeronáutico Secretaría General Edgar Rivera or Aeronáutico de Secretaria de Autoridad Luz Ángela Rodríguez : o Cepeda Asesor Aeronáutico Dirección General Alma Isabel! Roncallo Jefe Oficina Asesora Oficina de Analítica — Edgar lván Cano ; , e Ñ L Monroy Jefe Oficina Asesora Oficina Gestión de Proyectos T=7=5__ Y Aprobó e Jairo Morales | sccretario General Secretaría General E TA ” Ls, Pablo Andrés Romero . : Secretaria de Servicios : y Rivera Secretario Aeronáutico Aeroportuarios Á lo _ LH Rodrigo Zapata Secretario Aeronáutico Secretaria de Autoridad y ys Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 08 Fecha: 22/08/2022 Página: 11 de 11