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Resoluciones a los RAC0152027/07/2021· Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos

Por la cual se adiciona le Artículo sexto a la Resolución 02627 del 21 de diciembre de 2020 que modificó la norma RAC 160 de os Reglamentos Aeronáuticos de Colombi, se unificó y se actualizó en el mismo RAC, el manual estandarizado de medidas de seguridad para la aviación civil

REPÚBLICA DE COLOMBIA (5 La movilidad AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Libertad y Orden es de todos Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1060.051 ) UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL 27 JuL 202 Resolución Número 491520 ) “Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” o EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 1782 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en el artículo 2?, 3”, 5 numerales 4, 5, 6, artículo 9” numerales 4 y 12 del Decreto 260 de 2004 modificado por el Decreto 823 de 2017 y CONSIDERANDO Que la República de Colombia es parte en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional suscrito en la ciudad de Chicago (USA) el 7 de diciembre de 1944 y aprobado mediante Ley 12 de 1947 por consecuencia miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, por lo cual, debe dar cumplimiento al citado Convenio y demás estándares técnicos adoptados por dicha Organización. | Que de conformidad con el artículo 1859 del Código de Comercio, los permisos de operación de servicios de transporte aéreo determinarán los itinerarios autorizados y las demás condiciones que señalen los reglamentos. | Que mediante Resolución 07466 del 22 de diciembre de 2011, se adicionó un apéndice “A” a la Parte Tercera de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, denominado “Asignación De Franjas Horarias (Slot) Para Las Operaciones Aéreas En Aeropuertos Coordinados.” Que mediante resolución 2062 del 18 de Julio de 2017, a través del Artículo Sexto: se modificó el “Apéndice A” del RAC 3, denominado “Apéndice “A” Asignación De Slots Para Las Operaciones Aéreas En Aeropuertos Coordinados Nivel 3 Y Facilitación De Horarios En Aeropuertos Niveles 2 Y 1. * Que, de ese Apéndice, hacen parte las secciones 6.1. Principios claves de la asignación de Slots,6.3.1. Slots históricos,6.5 (c) mantenimiento y devolución de slots. 6.6. Norma "Úselo o Piérdalo" (a)...(b) ...(c) 6.7. Elegibilidad para “Condición de Histórico (a)...(b)... (c)...g...i; 6.7.1 Cancelaciones antes de la fecha de referencia de Históricos 6.7.2 Cancelaciones después de la fecha de referencia de Históricos,6. No utilización justificada de Slots. | Que la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA), solicitó el 24 de Mayo del año 2021 a la Oficina de Transporte Aéreo, apoyo para adoptar los alivios en las reglas y requi sitos necesarios para el uso de las franjas horarias en el Aeropuerto Internacional Eldorado, durante la temporada del invierno 2021 (WS21), que corresponde al período entre el 31 de octubre del 2021 al 26 de marzo del 2022, debido a que en la actualidad, se están tomando decisiones sobre los recursos aeroportuarios, flota, itinerarios y estructuras de rutas, que van a influenciar la red de todas las aerolíneas. Si se aprueba el alivio en el uso de slots, mayor será. la capacidad de las aerolíneas en usar dicha flexibilidad en beneficio de los pasajeros y de los aeropuertos. Reconocen también que los países de las diferentes regiones se están Clave: GDIR-3.0-12-010 Versión: 05 Fecha: 23/11/2020] . Página: 1 de 5 REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad (5) AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADIINIS TRATIVA ESPECIAL es de todos Libertad y Orden Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1060.051 - UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número ma 27 JUL 2421 401520) “Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” recuperando a ritmos diferentes y, por lo tanto, entienden que la Aerocivil puede adaptar los principios que se manifiestan en el WASB a las circunstancias y necesidades del sus mercado local. Que, la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA), hizo saber que el Worldwide Airport Slot Board (WASB), integrado por aerolíneas (miembros de lATA y no lATA), aeropuertos (Airports Council International) y coordinadores de slots (Worldwide Airport Coordinators Group) quienes representan a la industria de la aviación global, han trabajado en una solución para abordar la necesidad continua de alivio de los requisitos estándar de uso de slots. Que, por lo anterior, han solicitado a los gobiernos una flexibilidad y alivio planteando elementos de la recomendación para la temporada de invierno de 2021 así: 1. Alivio al uso de series completas de slots devueltas por las aerolíneas antes del 8 de septiembre de 2021. a. Las aerolíneas que tomen estas series de slots y las usen de manera ad-hoc no histórica, deben tener prioridad sobre cualquier otra demanda por dicha serie en ela o siguiente. b. Los slots devueltos antes del 8 de septiembre no pueden ser reasignados a la misma aerolínea dentro de las 4 semanas posteriores a esta fecha límite. 2. Los slots que las aerolíneas mantienen después del 7 de septiembre de 2021 estarán sujetos al límite de uso de slots de 50:50 3. Aplicarán provisiones específicas de justificación de no uso de slots (fuerza mayor) para vuelos cancelados por cuenta de las restricciones derivadas del Covid-19. 4. Los slots deben ser cancelados al menos 4 semanas antes de la operación planeada para maximizar la reasignación y las oportunidades de planeación. Que igualmente IATA considera que en caso de aprobar esta recomendación de WASB, se incentivaría la devolución de slots para que puedan reasignarse a otras aerolíneas más capaces de operar; Los aeropuertos recibirían información de calidad más temprano para planificar, ayudando a permitir operaciones aeroportuarias sólidas y financieramente responsables; Las aerolíneas que estén listos para volar y atender la demanda recuperada mediante la operación de vuelos de manera ad-hoc no histórica en el invierno de 2021 recibirían prioridad en las próximas temporadas; se proporcionaría un alivio consistente en el uso de slots en ambos extremos de la ruta; La posibilidad de devolver la serie completa de slots antes del 8 de septiembre de 2021 significaría que las aerolíneas no estén obligadas a volar de forma innecesaria e insostenible para proteger la recuperación de la red; La reducción temporal de la capacidad disponible del aeropuerto solo se podría gestionar con la consecuente reducción de slots; Restablecería la igualdad de condiciones para las redes globales que se recuperan a diferentes ritmos debido a su exposición al tráfico nacional o internacional, el enfoque de los gobiernos a la pandemia y otros factores externos por fuera del control directo de las aerolíneas; La orientación sobre la interpretación de la no utilización justificada de slots ayudaría a garantizar que las aerolíneas sean tratadas por igual y con certeza en ambos extremos de la ruta. Clave: GDIR-3.0-12-010 Versión: OS Fecha: 23/11/2020 ' Página: 2 de 5 A. REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad es de todos (5) AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD AUOMINISTRATIVA ESPECIAL Litartad y Orden Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1060.051 A UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL '2:7 JUL 2021 Resolución Número H01520 ) “Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” Que, adicionalmente, han puesto de presente que las aerolíneas están finalizando el proceso de coordinación de slots para la temporada de invierno y como parte del proceso normal, completarán esta fase antes del 15 de agosto de 2021 y que las aerolíneas igualmente, están tomando decisiones sobre la flota, la tripulación, el horario y las estructuras de ruta que influirán en todas sus redes en el año 2021, su capacidad para mantener las operaciones frente a la falta de ingresos o la demanda conocida y en última instancia, la rapidez con la que se puede recuperar toda la industria incluyendo una fecha límite para la devolución de series de slots a más tardar el 8 de septiembre 2021, con el fin de recibir el alivio en uso de los slots y un umbral más bajo para el uso de series en la temporada. Que, para poder procesar estas modificaciones y devoluciones, La Autoridad Aeronáutica, a través del Reglamento Aeronáutico Colombiano RAC 3 en su Apéndice A, determina los parámetros para la asignación de franjas horarias dos veces al año. Que, la Jefatura de la Oficina de Transporte Aéreo, conjuntamente con la Coordinación del Grupo de franjas horarias, como función a ellos atribuida, y con base en el capítulo C sección 11.200 de RAC 11, han considerado la propuesta y encuentran parcialmente viable el análisis de IATA y las condiciones justificativas de El Worldwide Airport Slot Board (WASB), compuesto por aerolíneas (miembros de IATA y no IATA), aeropuertos (Airports Council International) y coordinadores de slots (Worldwide Airport Coordinators Group), como representantes de la industria de la aviación global, han solicitado la modificación de la Norma RAC 3 Apéndice A, basados en la necesidad y el objetivo consistente en la Planificación de horarios, pues “se están tomando decisiones sobre los recursos aeroportuarios, flota, itinerarios y estructuras de rutas, que van a influenciar la red de todas las aerolíneas. Entre más pronto sea aprobado el alivio en el uso de slots, mayor será la capacidad de las aerolíneas en usar dicha flexibilidad en beneficio de los pasajeros y de los aeropuertos. Que, en el ámbito internacional, el tráfico aéreo se mantiene en niveles bajos, con vuelos operando alrededor del 49% respecto de los niveles de 2019, mientras que en el ámbito nacional (doméstico), ha alcanzado el 79%. | Que debido a la diferencia evidenciada en las cifras de recuperación del mercado internacional y nacional, esta Entidad adaptará los principios que se manifiestan en el WASB a las circunstancias y necesidades del mercado colombiano. Que, ante las actuales realidades operativas y económicas en el contexto de la aviación mundial, la Autoridad Aeronáutica Colombiana, encuentra parcialmente viables las medidas de alivio solicitadas para rutas internacionales, sin que se afecten los portafolios de slots asignados a las aerolíneas, para efectuar una modificación temporal a la norma RAC 3 Apéndice A, mediante la promulgación de un adjunto, como respuesta a la crisis COVID- 19. Que por lo anteriormente expuesto, Clave: GDIR-3.0-12-010 Versión: 05 Fecha: 23/11/2020 i Página: 3 de 5 ] REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad (5) AERONÁUTICA CIVIL URNEJAD ARRAIRi) (HAT A ESPECIAL es de todos Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1060.051 , UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número 401520? 27 JUL 2021 “Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el "Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Modificar las fechas para la devolución de slots y medición de cumplimiento temporada invierno 2021 (W21) la cual comprende del 31 de octubre del 2021 al 26 de marzo del 2022, establecidas actualmente en la sección 6.5 del Apéndice A de RAC 3. ARTICULO SEGUNDO: Incorporar un Adjunto con aplicación temporal en el “Apéndice A” de RAC 3 cuyo contenido será: “ADJUNTO al “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1 > Devolución de Slots fecha Límite para el año 2021: 6.5. Mantenimiento y devolución de Slots (...) (c) Específicamente, los Slots que una aerolínea no pretenda operar deberán devolverse antes de la fecha límite para la devolución de Slots: 8 de septiembre de 2021 (invierno). Con posterioridad a esta fecha, el Coordinador de Slots se abstendrá de procesar modificaciones y devoluciones hasta después de la fecha de referencia de históricos. PARAGRAPFO: Para el año 2022, aplicará nuevamente la fecha inicialmente establecida, es decir quince (15) de Enero (invierno). ARTICULO SEGUNDO: Para secciones del Apéndice de RAC 3. 6.1. Principios claves de la asignación de Slots,6.3.1. Slots históricos,6.5 (c) mantenimiento y devolución de slots. 6.6. Norma "Uselo o Piérdalo" (a)...(b) ...(c) 6.7. Elegibilidad para “Condición de Histórico (a)...(b)... (c)...g...i; 6.7.1 Cancelaciones antes de la fecha de referencia de Históricos 6.7.2 Cancelaciones después de la fecha de referencia de Históricos,6. No utilización justificada de Slots., aplicará lo siguiente: La serie completa de slots devueltos por las aerolíneas antes del 15 de agosto de 2021 deben dejar de utilizarse. a) Las aerolíneas que tomen estos slots devueltos y los operen de forma no histórica, deben tener prioridad sobre cualquier nueva demanda en la asignación de dicho slot al año siguiente, si la aerolínea original no lo opera. b. Los slots devueltos antes del 8 de septiembre no pueden ser reasignados a la misma aerolínea dentro de las 4 semanas posteriores a esta fecha límite.2. Los slots retenidos después del 8 septiembre de 2021 están sujetos a un límite de uso de 80:20 para operación Doméstica y un 50:50 para operación Internacional. 3. Pueden considerarse situaciones específicas de justificación de no uso de slots (fuerza mayor) para vuelos cancelados debido Clave: GDIR-3.0-12-010 Versión: 05 Fecha: 23/11/2020 Página: 4 de 5 REPÚBLICA DE COLOMBIA A La mavilidad AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD 2ORAINIS TRATA ESPECIAL Ltartad y Orden es de todos Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1060.051 ) UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número ) 7 JUL 2021 401520? “Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” a restricciones resultantes de la pandemia COVID-19. 4. Los slots deben ser cancelados al menos 4 semanas antes de la operación planeada para maximizar la reasignación y las oportunidades de planeación. PARAGRAPFO: La anterior condición, aplicará única y temporalmente durante invierno 2021 (W21) la cual comprende del 31 de octubre del 2021 al 26 de marzo del 2022 ARTICULO TERCERO: Durante el tiempo actualmente establecido, se conservarán las condiciones de uso y devolución de slots y medición de cumplimiento reglamentarias, evitando desviaciones injustificadas que impliquen la activación inmediata de mecanismos correctivos establecidos en RAC 13. ARTICULO CUARTO: Las normas contenidas en el presente acto administrativo con posterioridad a su publicación en el Diario Oficial, incorpórense a la versión Institucional Oficial de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en la página web www aerocivil.gov.co. RAC 3 Apéndice A como un adjunto. ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 27 Ju 20% Proyectó: Jorge Enrique Niebles Mora, Coordinador de Slots colombia ds Revisó: Nadia Rozo Pardo, Asesor Legal Externo de la Oficina de Trapsporte Aéreo. Aprobó: Lucas Rodríguez Gómez. Jefe Oficina de Transporte póreo fé Ruta electrónica: Ruta Electrónica: Wbog711060 Resoluciones Asignación de slots Clave: GDIR-3.0-12-010 Versión: 05 Fecha: 23/11/2020 Página: 5 de 5 -. a