Resolución General10821/01/2022· Dirección General
Se delegan las funciones de ordenación del gasto
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Procedencia: 3000
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
AERONÁUTICA CIVIL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en las Leyes 80 de
1993, 489 de 1998, 1150 de 2007, los Decretos 1294, 1295, 1329 de 2021, 1887 de 2021
y demás disposiciones concordantes, y
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está
al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios
de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad,
mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.
2. Que el artículo 211 de la Constitución Política establece la figura de la delegación, en
aras de permitir a las entidades asignar tareas, funciones y competencias en sus
subalternos o en otras autoridades.
3. Que el artículo 9” de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de
lo dispuesto en ta Constitución Política y acorde con la citada ley, “podrán mediante
acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras
autoridades, con funciones afines o complementarias (...) y podrán delegar la atención
y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos,
en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo
correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función
administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente
Ley”.
4. Que el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, dispone: “Los órganos que son una
sección en el presupuesto general de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y
Chcomprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte, y ordenar el gasto
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Procedencia: 3000 .
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Resolución Número
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que
constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la ley.
Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada órgano quien podrá delegarlas en
funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces, y serán ejercidas teniendo en
cuenta las normas consagradas en el estatuto general de contratación de la
administración pública y en las disposiciones legales vigentes”.
5. Que el literal c) del artículo 572 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 172
de la Ley 223 de 1995, dispone: “REPRESENTANTES QUE DEBEN CUMPLIR
DEBERES FORMALES Deben cumplir los deberes formales de sus representados, sín
perjuicio de lo dispuesto en otras normas: (...) c) Los gerentes, administradores y en
general los representantes legales, por las personas jurídicas y sociedades de hecho.
Esta responsabilidad puede ser delegada en funcionarios de la empresa designados
para el efecto, en cuyo caso se deberá informar de tal hecho a la administración de
impuestos y aduanas correspondiente”.
6. Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (en adelante y para todos
los efectos del presente acto administrativo, Aerocivil), es una entidad especializada de
carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica,
autonomía administrativa y patrimonio independiente, Es la autoridad aeronáutica en
todo el territorio nacional y entre otros, regula, administra, vigila y controla el uso del
espacio aéreo colombiano; coordina las relaciones de la aviación civil con la aviación
de Estado; presta servicios aeronáuticos y, con carácter exclusivo, desarrolla y opera
las ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se
efectúe con seguridad; reglamenta y supervisa la infraestructura aeroportuaria del país,
y administra directa o indirectamente los aeropuertos de su propiedad.
7. Que el Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021” por el cual se modifica la estructura
de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil- Aerocivil”, estableció las
competencias y funciones generales de cada una de las dependencias (Oficinas,
$ Secretarías y Direcciones) de la entidad.
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Procedencia: 3000
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Resolución Número
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
8. Que el numeral 18 del artículo 8” del Decreto 1294 de 2021, prescribe que el despacho
del Director General de la Aerocivil, cumplirá entre otras tunciones, la de: “18. Expedir
los actos y celebrar los convenios y contratos que se requieran para el normal
funcionamiento de la entidad”
9. Que en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa, especialmente
los de celeridad, economía y eficiencia, es necesario expedir la delegación de algunas
funciones en servidores que ejercen cargos de nivel directivo en la Aerocivil.
10. Que, con el fin de mejorar la dinámica de la entidad, y fortalecer una gestión contractual
en el marco de la eficiencia y oportunidad, se tiene la necesidad de realizar
delegaciones e introducir algunos cambios en materia de celebración de contratos y
ordenación del gasto, para lo cual resulta necesario delegar algunas funciones de
ordenación del gasto y de pago, en armonía con las modificaciones que, en la
estructura de la entidad, introdujo el Decreto No. 1294 de 2021 y demás nomas
concordantes.
11. Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, establece que los jefes y los representantes
legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia
para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores
públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.
12. Que el ejercicio de las funciones delegadas se sujeta a la plena observancia de las
políticas, condiciones, trámites y requisitos establecidos por la Aerocivil, respecto de
su gestión administrativa y que están contenidas en la ley, reglamentos, y demás
normas vigentes.
13. Que mediante el presente acto administrativo se delegan algunas funciones atribuidas
por la ley al Director General de la Aerocivil.
EN mérito de lo expuesto, este Despacho
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Procedencia: 3000
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Resolución Número
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
RESUELVE:
TÍTULO 1
ALCANCE, CRITERIOS Y CONDICIONES DE LAS DELEGACIONES EN LA AEROCIVIL
ARTÍCULO 1. Alcance, criterios y condiciones de la delegación. Las delegaciones
efectuadas por esta resolución serán ejercidas por los funcionarios delegatarios conforme
a los siguientes criterios y condiciones, y de conformidad con los artículos 9* y siguientes
de la Ley 489 de 1998 y demás normas concordantes:
1.1. La delegación es una decisión discrecional del delegante y su cumplimiento es
vinculante para el delegatario.
1.2. Cuando lo estime conveniente, el Director General podrá reasumir en todo caso y en
cualquier momento, total o parcialmente (y sin que medie un acto administrativo), las
funciones delegadas en esta resolución.
1.3. Las funciones delegadas por medio del presente acto administrativo no podrán ser
subdelegadas en otros funcionarios. La delegación establece una relación jurídica y
funcional exclusiva e intransterible entre delegante y delegatario.
1,4. El Director General ejercerá el deber de control y vigilancia de las funciones
delegadas.
1.5. La delegación de funciones eximirá de responsabilidad al delegante, y será asumida
plena y exclusivamente por el delegatario, sin perjuicio de que en virtud del artículo
211 de la Constitución Política, el delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la
competencia, revisar y revocar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción al
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
1.6. El delegatario observará estrictamente las disposiciones legales y reglamentarias que
regulan el ejercicio de las funciones delegadas, siendo responsable de las decisiones
que tome en su ejercicio.
1.7. El delegatario atenderá oportunamente los requerimientos sobre el ejercicio de la
$ delegación, hechos por el delegante y cumplirá sus orientaciones generales.
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El delegatario deberá garantizar el cumplimiento de los fines y propósitos de los
proyectos de inversión.
El delegatario facilitará la revisión de sus decisiones por el delegante.
Los servidores públicos en quienes se delegan las funciones cumplirán las normas
presupuestales, particularmente en relación con la expedición de los certificados de
disponibilidad y los registros presupuestales a que se refiere el artículo 71 del Decreto
111 de 1996, y de vigencias futuras, cuando las condiciones de contratación prevean
la prestación o recibo de los bienes o servicios contratados, en vigencias anuales
diferentes de aquella en la que se celebre el contrato respectivo.
Para cumplir lo dispuesto en el artículo 73 del Decreto 111 de 1996, los contratos se
sujetarán a los compromisos de pago al Programa Anual Mensualizado de Caja —
PAC aprobado y al concepto de gasto previsto. Para este fin se coordinará lo
pertinente con la Dirección Financiera o quien haga sus veces en la entidad, que
gestionará previa y oportunamente las modificaciones de PAC (adición, reducción,
anticipo y/o aplazamiento según corresponda) de acuerdo con las condiciones de
pago convenidas.
En virtud del principio de continuidad de la administración y de la presunción de
legalidad de los actos administrativos, el Simple cambio de funcionario delegante y/o
delegatario no extingue los efectos del acto de delegación; en consecuencia, en caso
de supresión de cargos o de cambio de denominación de estos, las delegaciones se
entenderán efectuadas en aquellos cargos que asuman las funciones de la
dependencia o área suprimida o cuyo nombre haya sido modificado.
Los actos expedidos por los delegatarios están sometidos a los requisitos de
expedición exigidos para el delegante y son susceptibles de los mismos recursos
procedentes contra ellos.
Conflictos de competencias. En caso de presentarse conflicto de competencia entre
los delegatarios, esta será decidida por el Director General. Se entiende que hay
contlicto de competencias cuando dos o más delegatarios declaran su competencia
o incompetencia para la resolución de un asunto, de forma tal que uno o varios
delegatarios se rehúsan a asumir el conocimiento de un asunto dada su
incompetencia, o por el contrario pretenden iniciar su trámite por considerar, con base
en las funciones delegadas, que son competentes para ello.
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Procedencia: 3000
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Resolución Número
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
TÍTULO Il
DE LA DELEGACIÓN DE ORDENACIÓN DEL GASTO EN EL NIVEL CENTRAL
ARTÍCULO 2. Delegación de la ordenación del gasto en los jefes de Oficina de la
Dirección General de acuerdo con sus funciones. En atención a las funciones
establecidas en el Decreto 1294 de 2021, Se delega en el jefe de la Oficina Asesora de
Planeación, Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora de Comunicaciones y de
Relacionamiento Institucional, Oficina de Control Interno, Oficina de Gestión de Proyectos,
Oficina de Analítica y Oficina de Control Disciplinario Interno, la función de ordenación del
á gasto en materia contractual, sin consideración a la cuantía, de los contratos que requiera
: la Oficina a su cargo. En consecuencia, les corresponde:
2.1, Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
2.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión y liquidar los respectivos
contratos, incluidos los interadministrativos.
2.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
2.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden las actuaciones administrativas de imposición de multas y sanciones
definitivas, así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución
de contratos de la respectiva oficina.
2.5. Ejecutar el presupuesto asignado para la respectiva Oficina.
2.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2,1.4.9 del Decreto 1082 de 2015, de los contratos de prestación de servicios
protesionales y de apoyo a la gestión de la respectiva oficina.
2.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
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Procedencia: 3000
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Resolución Número
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
2.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la Oficina.
PARAGRAPO 1: Se delega en el jefe de la oficina asesora jurídica, la ordenación del gasto
y pago de las sentencias, conciliaciones, laudos arbitrales, mandamientos ejecutivos que
reconozcan obligaciones a cargo de la Entidad y que hagan tránsito a cosa juzgada, y los
demás gastos que se causen con ocasión de un proceso judicial o de la aplicación de
mecanismos alternativos de solución de conflictos o extrajudiciales, donde sea parte la
Aerocivil, a excepción de los de carácter laboral.
PARÁGRAPO 2. Los jefes de oficinas y/o coordinadores de los grupos de trabajo que
requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios previos
que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión.
ARTÍCULO 3. Delegación de la ordenación del gasto al Director Técnico de
Investigación de Accidentes. En atención a las funciones establecidas en el Decreto 1294
de 2021, se delega en el Director Técnico de Investigación de Accidentes de la Aerocivil la
ordenación del gasto en materia contractual, sin consideración a la cuantía, de los contratos
que requiera la Dirección Técnica de Investigación de Accidentes. En consecuencia, le
corresponde:
3.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
3.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
A liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen contorme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la Dirección Técnica de Investigación de Accidentes.
Ejecutar el presupuesto asignado para la respectiva Dirección.
Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1.4,9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Dirección Técnica de
Investigación de Accidentes.
Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Dirección.
PARÁGRAFO. El Director del área será responsable de elaborar y suscribir los estudios
previos que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión.
ARTÍCULO 4. Delegación de la ordenación del gasto al Subdirector General de
acuerdo con sus funciones. En atención a las funciones establecidas en el Decreto 1294
de 2021, se delega en el Subdirector General de la Aerocivil la ordenación del gasto en
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Procedencia: 3000
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materia contractual, sin consideración a la cuantía, de los contratos que requiera la
Subdirección General. En consecuencia, le corresponde:
4.1.
4.2.
4.3,
4.4,
4.5.
4.6.
4.7.
4.8.
Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la Subdirección General.
Ejecutar el presupuesto asignado a la Subdirección General.
Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Subdirección General.
Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Subdirección.
PARÁGRAFO. El subdirector general y/o los coordinadores de los grupos de trabajo que
requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios previos
A que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000 .
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
400108) 21 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión.
ARTÍCULO 5. Delegación de la ordenación del gasto al Secretario de Autoridad
Aeronáutica de acuerdo con sus funciones. En atención a las tunciones establecidas en
el Decreto 1294 de 2021, se delega en el Secretario de Autoridad Aeronáutica, la
ordenación del gasto en materia contractual en una cuantía superior a tres mil seiscientos
veintitrés (3.623) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de los contratos que
requieran las direcciones y grupos a su cargo. En consecuencia, le corresponde:
5.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
5.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
5.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
5.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la respectiva Secretaria.
5.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Secretaría.
5.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2,1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Secretaría, las direcciones de
área y los grupos de trabajo a su cargo.
5.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
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UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número 21 FNE 2022
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
5.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Secretaría.
PARÁGRAFO. El secretario y/o los directores y/o los coordinadores de los grupos de
trabajo que requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios
previos que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión.
ARTICULO 6. Delegación de la ordenación del gasto a los Directores de la Secretaría
de Autoridad Aeronáutica de acuerdo con sus funciones. En atención a las funciones
establecidas en el Decreto 1294 de 2021, se delega en los Directores de Transporte Aéreo
y Asuntos Aerocomerciales, Autoridad a los Servicios Aéreos, Autoridad a los Servicios a
la Navegación Aérea, Autoridad a los Servicios Aeroportuarios y Autoridad a la Seguridad
de Aviación Civil, la ordenación del gasto en materia contractual, en una cuantía de hasta
tres mil seiscientos veintitrés (3.623) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de los
contratos de la dirección respectiva a su cargo. En consecuencia, le corresponde:
6.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
6.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
6.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
6.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
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así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la respectiva Dirección de área.
6.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Dirección de área.
6.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1.4,9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la respectiva Dirección y sus
grupos de trabajo.
6.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
6.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Dirección.
PARÁGRAFO. Los directores y/o coordinadores de los grupos de trabajo que requieran la
contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios previos que soporten
la necesidad de contratación, los análisis del sector, ta consulta de las condiciones y/o
precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y documentos previos de
los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
ARTÍCULO 7. Delegación de la ordenación del gasto al Secretario de Servicios a la
Navegación Aérea, de acuerdo con sus funciones. En atención a las funciones
establecidas en el Decreto 1294 de 2021, se delega en el Secretario de Servicios a la
Navegación Aérea, la ordenación del gasto en materia contractual en una cuantía superior
a tres mil seiscientos veintitrés (3.623) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de los
yA contratos que requieran las direcciones a su cargo. En consecuencia, le corresponde.
Clave: GQIR-3.0-12-010
lón: 05
Fecha: 1/2020
Página: 12 de 26
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REPÚBLICA DE COLOMBÍA
AERONÁUTICA CIVIL
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
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UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
022
00108? 2 1 ENE. 2
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
ARTÍCULO 8. Delegación de la ordenación del gasto a los Directores de la Secretaría
de Servicios a la Navegación Aérea de acuerdo con sus funciones. En atención a las
funciones establecidas en el Decreto 1294 de 2021, se delega en los Directores de
operaciones de Navegación Aérea y de Telecomunicaciones y Ayudas a la Navegación
Aérea, la ordenación del gasto en materia contractual, en una cuantía de hasta tres mil
seiscientos veintitrés (3.623) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de los contratos
de la dirección respectiva a su cargo. En consecuencia, le corresponde:
8.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
8.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
8.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
8.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la respectiva Dirección de área.
8.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Dirección de área.
8.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1,4.9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la respectiva Dirección y sus
grupos de trabajo.
8.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
_3 documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
Clave: GDIR-3.0-12-010
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
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AERONÁUTICA CIVIL
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
£00108) 2 1 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
7.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
7.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
7.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
7.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la respectiva Secretaría,
7.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Secretaría.
7.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1,4,9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Secretaría.
7.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
7.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Secretaría.
PARÁGRAFO. El secretario y/o los directores y/o los coordinadores de los grupos de
trabajo que requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios
previos que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
<Q la gestión.
Clave: GDIR-3.0-12-010
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: FechaW8/11/2020
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Procedencia: 3000
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MINISTERIO DE TRANSPORTE
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
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Resolución Número
¿£00:108, 2 4 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
8.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Dirección.
PARÁGRAFO. Los directores y/o coordinadores de los grupos de trabajo que requieran la
contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios previos que soporten
la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las condiciones y/o
precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y documentos previos de
los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
ARTÍCULO 9. Delegación de la ordenación del gasto al Secretario de Servicios
Aeroportuarios, de acuerdo con sus funciones. En atención a las funciones establecidas
en el Decreto 1294 de 2021, se delega en el Secretario de Servicios Aeroportuarios, la
ordenación del gasto en materia contractual en una cuantía superior a tres mil seiscientos
veintitrés (3.623) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de los contratos que
requieran las direcciones a su cargo. En consecuencia, le corresponde.
9.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de Su área.
9.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
9.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre,
9.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la respectiva Secretaría.
9.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Secretaría.
9.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
Y profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Secretaría.
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000 .
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
£p0108, 2 1 ENE. 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
9.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
9.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Secretaría.
PARÁGRAFO. El secretario y/o los directores y/o los coordinadores de los grupos de
trabajo que requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios
previos que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión.
ARTÍCULO 10. Delegación de la ordenación del gasto a los Directores de la Secretaría
de Servicios Aeroportuarios de acuerdo con sus funciones. En atención a las funciones
establecidas en el Decreto 1294 de 2021, se delega en los directores de: Operaciones
Aeroportuarias, de Infraestructura y Ayudas Aeroportuarias y de Concesiones
Aeroportuarias, la ordenación del gasto en materia contractual, en una cuantía de hasta
tres mil seiscientos veintitrés (3.623) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de los
contratos de la dirección respectiva a su cargo. En consecuencia, le corresponde:
10.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
10.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
9. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
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liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
Clave: GD!R-3.0-12-010
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencla: 3000
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
2 1 ENE. 2022
Resolución Número
20108?
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
10.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la respectiva Dirección.
10.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Dirección de área.
10.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Dirección de área.
10.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
10.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Dirección.
PARÁGRAPO. Los directores y/o coordinadores de los grupos de trabajo que requieran la
contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios previos que soporten
la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las condiciones y/o
precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y documentos previos de
los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
ARTÍCULO 11. Delegación de la ordenación del gasto al Secretario Centro de
Estudios Aeronáuticos CEA de acuerdo con sus funciones. Se delega en el Secretario
Centro de Estudios Aeronáuticos CEA, la ordenación del gasto en materia contractual, sin
consideración a su cuantía, de los contratos del centro de estudios aeronáuticos (CEA) y
_4y de sus Direcciones. En consecuencia, le corresponde:
Clave: GDIR-3.0-12-010
Fecha:
Página:
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
11.1.
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UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
$90:108) 21 ENE, 202
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
Designar el supervisor de cada contrato que celebre,
Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones definitivas,
así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de
contratos de la respectiva Secretaría.
Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Secretaría y sus Direcciones.
Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Secretaría, sus Direcciones y
Grupos de trabajo.
Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la Indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
Reconocer y ordenar el pago de viáticos y gastos de viaje de los servidores públicos
que se desplacen al interior del país para adelantar programas de capacitación. El
reconocimiento y ordenación del pago de viáticos y gastos de viaje de los servidores
públicos de la Aerocivil, que se desplacen al exterior en virtud de programas
capacitación, ordenación que requerirá la autorización previa y favorable de la
Dirección de Gestión Humana.
Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Secretaría.
Clave: GDIN-3.0-12-010
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AERONÁUTICA CIVIL
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
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UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
2 1 ENE, 2022
Resolución Número
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“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
PARÁGRAFO. El secretario, los directores de área y los coordinadores de los grupos de
trabajo que requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios
previos que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión.
ARTÍCULO 12. Delegación de la ordenación del gasto al Secretario de Tecnologías de
la Información -T+. En atención a las funciones establecidas en el Decreto 1294 de 2021,
se delega en el Secretario de Servicios de Tecnologías de la Información- Tl, la ordenación
del gasto en materia contractual, sin consideración a su cuantía, de los contratos que
requieran las direcciones y grupos de trabajo a su cargo. En consecuencia, le corresponde:
12.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de Su área.
12.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
12.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
12.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales
pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente, los actos que
deciden la actuación administrativa de imposición de multas y sanciones, así como
los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de contratos de la
respectiva Secretaría.
12.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Secretaría y sus Direcciones.
12.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Secretaría, sus Direcciones y
Grupos de Trabajo.
12.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
a como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
Clave: GDIR-3.0-12-010
Fecha: 24/11/2020
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
£090108>? 21 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
12.8. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Secretaría.
PARÁGRAFO. El secretario, los directores de área y los coordinadores de los grupos de
trabajo que requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los estudios
previos que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la consulta de las
condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y
documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión.
ARTÍCULO 13. Delegación de la ordenación del gasto al Secretario General de
acuerdo con sus funciones. En atención a las funciones establecidas en el Decreto 1294
de 2021, se delega en el Secretario General de la Aerocivil la ordenación del gasto en
materia contractual sin consideración a su cuantía, de los contratos de la Secretaría
General, además de los contratos de las Direcciones y grupos de trabajo de la secretaría a
su cargo. En consecuencia, le corresponde:
13.1. Ordenar la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal requeridos para
la ejecución de los planes y proyectos de su área.
13.2. Adjudicar o declarar desierto los procesos de selección que se adelanten y celebrar,
terminar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, aprobar las actas de
liquidación de contratos, incluidos los interadministrativos.
13.3. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
13.4. Suscribir los actos definitivos que deciden la aplicación de las cláusulas
excepcionales pactadas, o aquellas que apliquen conforme a la legislación vigente,
los actos que deciden la actuación administrativa de imposición de multas y
> sanciones vigentes, así como los recursos contra ellos interpuestos, derivados de la
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
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UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
(400109) 2 1 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
ejecución de contratos de la respectiva Secretaría, así como los de sus Direcciones
y Grupos de Trabajo.
13.5. Ejecutar el presupuesto asignado a la respectiva Secretaría y sus Direcciones.
13.6. Expedir el certificado de idoneidad o experiencia requerida de que trata el artículo
2.2. 1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que requiera la Secretaría General, sus
Direcciones y Grupos de trabajo.
13.7. Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia),
ante la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo
trámite, como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna
propuesta por la aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo,
tiempo y lugar de los hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad
competente, registro fotográfico, cotización, información requerida por la compañía
de seguros, suscripción de la aceptación de la indemnización y el finiquito
correspondiente y todo acto o documento obligatorio dentro del proceso de la
reclamación.
13.8. Ordenar el gasto por concepto del funcionamiento de las cajas menores dentro del
ámbito de la secretaría, asignadas por resolución.
13.9. Celebrar, modificar, suspender, reiniciar, autorizar la cesión, terminar de mutuo
acuerdo y liquidar, cuando ello proceda, todos los contratos de prestación de
servicios profesionales y de apoyo a la gestión, con personas naturales y jurídicas,
en el nivel central, sin importar su cuantía o la dependencia que requiera la
contratación.
13.10. Expedir el acto que fija las asignaciones iniciales de apropiación del presupuesto de
la Entidad y su desagregación, conforme al procedimiento establecido.
13.11. Suscribir los contratos de donación de bienes muebles que se requieran a nivel
nacional.
13.12. Ordenar el gasto y el reconocimiento del pago por concepto de sueldos,
sobresueldos, horas extras, prestaciones y en general todas las obligaciones
relacionadas con los gastos de personal de los funcionarios de la Aerocivil, con
AA cargo al presupuesto de la Entidad.
Clave: GD|R-3.0-12-010
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
4p0108) 2 1 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
13.13. Ordenar el gasto y el reconocimiento del pago por concepto de prestaciones sociales
de exfuncionarios de la Aerocivil.
13.14. Ordenar el gasto de los compromisos y/o obligaciones que correspondan a la
Secretaría.
PARÁGRAFO. El secretario, los directores de área y los coordinadores de los Grupos de
Trabajo que requieran la contratación serán responsables de elaborar y suscribir los
estudios previos que soporten la necesidad de contratación, los análisis del sector, la
consulta de tas condiciones y/o precios del mercado y los anexos técnicos, incluidos los
estudios y documentos previos de los contratos de prestación de servicios profesionales y
de apoyo a la gestión.
ARTICULO 14. Delegación de la ordenación del gasto en el Director de Gestión
Humana. Se delega en el Director de Gestión Humana de la Aerocivil la ordenación del
gasto por concepto de las contribuciones inherentes del sector público y privado a la nómina
que ordene la respectiva ley anual de presupuesto, con cargo a las apropiaciones de la
Aerocivil, siempre que no implique la suscripción de contratos, la ordenación del gasto y del
pago de las sentencias proferidas contra la Aerocivil, conciliaciones, mandamientos
ejecutivos y en general, todos aquellos actos de solución de conflictos que reconozcan
obligaciones a cargo de la Aerocivil y que hagan tránsito a cosa juzgada, de carácter laboral,
cualquiera sea la cuantía.
ARTICULO 15. Delegación de la ordenación del pago en el Director Financiero. Se
delega en el Director Financiero de la Aerocivil las siguientes funciones:
15.1. Ordenar el pago por concepto de la deuda interna y externa.
15.2. Ordenar el pago por concepto de servicios públicos, siempre y cuando lo anterior no
implique la suscripción de contratos.
15.3. Ordenar el pago por concepto de viáticos y gastos de viaje derivados de todo tipo de
comisiones sin perjuicio de las funciones que se delegan a los directores regionales
aeronáuticos, por medio de esta resolución.
Clave: GDIR-3.0-12-010
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Fecha» 2020
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Procedencia: 3000
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
400108, 2 1 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
15.4, Ordenar el pago por concepto de los compromisos derivados de todos los contratos
y obligaciones que celebre y asuma la Aerocivil en el nivel central.
15.5. El situado de fondos y autorización de pagos a la cuenta única nacional que sean
necesarios para atender las obligaciones a cargo de la Aerocivil, en cumplimiento de
las asignaciones y desagregados que se hagan con cargo al presupuesto de la
Aerocivil, o en ejercicio de las funciones delegadas en esta resolución.
TÍTULO 11
DE LA DELEGACIÓN Y ORDENACIÓN DEL GASTO Y DEL PAGO EN EL NIVEL
REGIONAL
ARTÍCULO 16. Delegación de la ordenación del gasto y del pago en los Directores
Regionales Aeronáuticos. Se delega en los Directores Regionales Aeronáuticos de la
Aerocivil, dentro de los límites de su jurisdicción las siguientes funciones:
16.1. La programación de horas extras y días festivos con cargo a los recursos que le
asigne el nivel central.
16.2. Ordenar el gasto y el pago por concepto de adquisición de bienes y servicios, servicios
personales indirectos, viáticos por comisiones de servicio al interior del país
incluyendo tiquetes aéreos, terrestres y transporte de muebles y enseres de
funcionarios trasladados, de las dependencias y aeropuertos de su jurisdicción, y de
presupuesto de inversión, con cargo a los recursos que le sitúe el nivel central.
16.3. Ordenar el gasto por concepto del funcionamiento de las cajas menores autorizadas
mediante resolución.
16.4. Ordenar el gasto en materia contractual, en una cuantía de hasta quinientos (500)
salarios mínimos legales mensuales vigentes, y adelantar todas las funciones
derivadas de esa ordenación, inherentes a la actividad precontractual, (Resolución de
apertura, adendas, saneamientos de vicios, entre otras), contractual y poscontractual
e la dirección regional a su cargo, y los aeropuertos a ella adscritos, que comprende,
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La movilidad
es de todos
AERONÁUTICA CIVIL .
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Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000 ,
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
£00:108>) 24 ENE, 202
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
entre otras, las funciones de adjudicar, celebrar, suscribir, modificar, suspender,
reiniciar, autorizar la cesión y liquidarlos.
Reportar la información de los siniestros sobre los bienes a cargo (dependencia), ante
la Dirección Administrativa o la dependencia asignada, para su respectivo trámite,
como son: el aviso del siniestro, selección del ajustador de la terna propuesta por la
aseguradora, informe técnico de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los
hechos objeto de reclamación, denuncia ante autoridad competente, registro
fotográfico, cotización, información requerida por la compañía de seguros, suscripción
de la aceptación de la indemnización y el finiquito correspondiente y todo acto o
documento obligatorio dentro del proceso de la reclamación.
16.6. Tramitar ante la dependencia competente las actuaciones administrativas
sancionatorias de los contratos que suscriba y expedir los actos definitivos que
deciden la aplicación de las cláusulas excepcionales pactadas, los actos que deciden
las actuaciones administrativas de imposición de multas y sanciones, así como los
recursos contra ellos interpuestos, derivados de la ejecución de contratos que le han
sido delegados.
16.7. Designar el supervisor de cada contrato que celebre.
16.5
PARÁGRAFO. El Director Regional y sus dependencias que requieran la contratación
serán responsables de elaborar y suscribir los estudios previos que soporten la necesidad
de contratación, los análisis del sector, la consulta de las condiciones y/o precios del
mercado y los anexos técnicos, incluidos los estudios y documentos previos de los contratos
de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
TÍTULO IV
DE LA COMPETENCIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL
ARTÍCULO 17. Competencia del Director General. Sin perjuicio de la facultad de
reasumir las competencias delegadas en esta resolución, el Director General mantendrá
Hádomo competencia en materia de ordenación del gasto, sin límite de cuantía la siguiente:
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Principlo de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
es de todos
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
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Resolución Número
40108?
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
17.1. Suscribir convenios con entidades públicas o privadas de origen local, nacional
regional e internacional.
17.2. Suscribir contratos que involucren operaciones de crédito interno y externo.
17.3. Suscribir contratos que conlleven la tradición o el gravamen de bienes inmuebles.
17.4. Suscribir contratos de donaciones de bienes inmuebles, mediante los cuales se
reciban o entreguen dichos bienes. Los contratos de donación que superen los 50
SMMLV, requerirán insinuación notarial a través de instrumento público. La escritura
de insinuación será firmada por el director general cuando se trate de inmuebles, o
por el delegatario cuando se trate de muebles.
17.5. Suscribir Memorandos de Entendimiento, Cartas de Intención, Canje de Notas que se
suscriban con gobiernos extranjeros o con dependencias oficiales extranjeras, así
como cualquier instrumento que desarrolle memorandos de entendimientos o
acuerdos suscritos con entidades gubernamentales.
TÍTULO V
SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA DELEGACIÓN
ARTÍCULO 18. Control y seguimiento. El seguimiento y control de la delegación permitirá
que el delegante esté informado en todo momento sobre el desarrollo de las delegaciones
otorgadas en esta resolución y de su propia competencia y garantizar la armonía y la
máxima eficiencia en la gestión administrativa de la entidad. Como mecanismos de control
y seguimiento se establece que los funcionarios en los cuales recae la delegación deberán:
18.1. Rendir informes bimensuales o en el momento en que sean requeridos por el Director
General de la Aerocivil, sobre el ejercicio de las funciones aquí delegadas, en el
formato que para el efecto establezca la Oficina Asesora de Planeación. De estos
informes se entregará copia a la Dirección Administrativa para su seguimiento y
Aronsolidación.
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es de todos
Principio de MINISTERIO DE TRANSPORTE
Procedencia: 3000
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número
«400109 21 ENE, 2022
“Por medio de la cual se delegan unas funciones”
18.2. Comunicar por escrito al Director General de la Aerocivil, las situaciones que alteren
la debida ejecución de las funciones delegadas, así como las decisiones de impacto
para la entidad.
18.3. Acatar las disposiciones constitucionales y legales en materia de delegación, en
especial, lo relacionado con el impedimento para transferir las funciones, atribuciones
y potestades recibidas en virtud de la delegación. Lo anterior conforme lo establecido
en el numeral 2” del artículo 11 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO 19. Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha
de su publicación y deroga las Resoluciones que le sean contrarias, en especial la
Resolución 03114 del 31 de diciembre de 2021
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los
rector General
Edna Valenzuela Jiménez- Coordinadora Grupo Procesos Precontractuales (A)
Adolfo León Castillo Arbeláez — Coordinador Grupo Asistencia Legal OAJ Y
Proyectó: Maritza Gamero Torres -Asesora Dirección Administrativa 4
Revisóno Gladys Canacué Medina- Secretaria General adj
Martha Seidel Peralta- Directora Administrativayal
Wuivia Helena Ramírez Saavedra — Jefe Oficina Asesora Jurídica
Í Paola Linares- Asesora Dirección General
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Versión: 05
Fecha: 23/11/2020
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