Circular InformativaMAUT-5.0-22-01506/12/2023· Secretaría de Autoridad Aeronáutica
Solicitud y expedición de un certificado de validación técnica y operacional UAS
Solicitud y expedición de un certificado de validación técnica y
operacional UAS
AERONÁUTICA CIVIL
Clave: MAUT-5.0-22- 015 Versión: 01 Fecha de aprobación: 06-12-2023
4. PROPÓSITO
Esta circular informativa (Cl) constituye un documento guía de carácter técnico y administrativo
generado por la Secretaría de Autoridad Aeronáutica; pero no es el único aceptable para la
Aerocivil. Si el interesado elige emplear estas prácticas recomendadas, se espera que sean
aplicadas por completo para la obtención del certificado de validación técnica y operacional
UAS, en relación con su diseño y construcción o ensamble. La presente circular no exime al
solicitante de cumplir con las demás disposiciones vigentes y los requisitos de la regulación
nacional para los sistemas de aeronaves no tripuladas.
2. APLICABILIDAD
Esta circular establece las condiciones para todo sistema de aeronaves no tripuladas que sea
diseñada y construida o ensamblada en el territorio colombiano, y aplica a:
a. Toda persona natural o jurídica, que planee diseñar y construir o ensamblar sistemas de
aeronaves no tripuladas (UAS), con propósitos de investigación y desarrollo o tipo
experimental, con peso máximo de despegue menor a 25kg.
b. Toda persona jurídica, que planee diseñar y construir o ensamblar sistemas de
aeronaves no tripuladas (UAS) con fines comerciales, con peso máximo de despegue
hasta 250kg.
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
(a). Definiciones
A menos que sea definido de otra forma en esta Circular Informativa, todas las palabras,
frases, definiciones y abreviaturas tienen igual significado que aquellos usados en los
Reglamentos Aeronáuticos de Colombia RAC vigentes.
Componente de aterrizaje: Dispositivo u objeto de soporte de una aeronave que ayuda en
el aterrizaje, amarizaje o despegue,
CONOPS: Es el propósito claramente definido y detallado del sistema y/o operación prevista
para los UAS. Esto incluye una descripción de los aspectos operacionales, del personal
operacional UAS, procesos y procedimientos, entorno esperado y análisis e impactos
asociados con la integración del UA,
Ensamble: Es la actividad de unir dos elementos, piezas, partes o componentes para formar
un producto o subproducto, en el cual las piezas, partes O subproductos han sido previamente
obtenidos por transformaciones de materias primas.
Fabricación (Manufactura): Para efectos de este documento se refiere a la actividad de
tomar una materia prima cruda y transformarla en algún tipo de producto o subproducto, En
el caso de componentes aeronáuticos esto puede implicar el uso de herramientas manuales
o equipos automáticos, pero en cualquier caso implica la transformación total de materias
primas en un producto terminado.
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operacional VAS
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USIDAD ADHONISTRATIVA ESPECIAL
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Interesado: Para efectos de este documento se refiere a, persona natural o jurídica que
realiza una solicitud ante la Aerocivil con la intención de diseñar y construir o ensamblar un
UAS, para obtener un certificado de validación técnica y operacional UAS.
Investigación y Desarrollo: Actividades orientadas a desarrollar o investigar nuevas
tecnologías. Estas actividades son comunes en los procesos de diseño y desarrollo de nuevos
conceptos operacionales, partes, componentes o sirven como sustento para soportar
desarrollos tecnológicos.
Métodos aceptables de cumplimiento (MAC): llustran los medios y métodos, pero no
necesariamente los únicos posibles, para cumplir con un requisito específico.
No conformidad: Es el no cumplimiento de un requisito, referente a una falla en el
cumplimiento de la norma aplicable y/o en la implementación de un requisito legal O
contractual.
Prototipo: Es la versión inicial de un modelo experimental el cual ha sido diseñado para
realizar pruebas y evaluar conceptos, características, rendimiento y garantizar la seguridad
de los productos finales.
Recuperación de emergencia: Son las funciones y procedimientos que deben guiar a la UA
a un sitio de emergencia y garantizar un aterrizaje seguro o finalizar el vuelo. Las funciones
pueden ser comandadas directamente por el piloto UAS, programadas y/o automáticamente.
Sistema enlace C2: Enlace de datos entre la aeronave no tripulada o pilotada a distancia y
la estación de pilotaje a distancia para fines de dirigir el vuelo.
Solicitante: Para efectos de este documento se refiere a, persona jurídica, que radica una
solicitud ante la Aerocivil de un diseño y construcción, fabricación o ensamble para la
obtención de un certificado de validación técnica y operacional VAS.
UAS experimental: Para efectos de este documento se refiere a, sistemas de aeronaves no
tripuladas, construidas para propósitos de investigación y desarrollo, demostraciones de
cumplimiento de requisitos de validación técnica y operacional, que no cuenta con un
certificado de tipo.
(b). Abreviaturas
BVLOS (Beyond Visual Line of Sight): Visibilidad más allá de la línea de vista
GDMUA: Grupo Drones y Movilidad Urbana Aérea.
UAS: Sistemas de Aeronaves no Tripuladas.
GPS: Sistema de Posicionamiento Global.
GNSS: Sistema Global de Navegación por Satélite.
OACI: Organización de Aviación Civil Internacional,
PBMO: Peso bruto máximo de operación.
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UNIDAD ADAMNISTRATIJA ESPECIAL
Clave: MAUT-5.0-22- 015 Versión: 01 Fecha de aprobación: 06-12-2023
4. INTRODUCCION
El Grupo Drones y Movilidad Urbana Aérea en el marco del desarrollo de la industria
aeronáutica de Sistemas de Aeronaves no Tripuladas en Colombia, no contempla los
requisitos para la obtención de un certificado de aeronavegabilidad para UAS. Sin embargo,
debido al rápido avance tecnológico y la creciente integración de las UAS en la aviación civil,
así como el constante uso en sectores de la agricultura, captura de datos, vigilancia, carga,
entre otros: la expedición de esta circular fomenta la industria de aeronaves no tripuladas,
abordando aspectos relacionados con el diseño, construcción, pruebas, criterios de
aprobación y otros requisitos asociados al desarrollo de estas aeronaves. El objetivo es
facilitar que los solicitantes lleven a cabo de manera exitosa sus proyectos considerando unos
márgenes de seguridad operacional aceptables.
5. REGULACIONES RELACIONADAS
+ Reglamentos Aeronáuticos de Colombia - RAC 100 REGLAMENTOS OPERACIÓN DE
SISTEMAS DE AERONAVES NO TRIPULADAS UAS
6. OTRAS REFERENCIAS
ANAC, REGULAMENTO BRASILEIRO DAAVIACÁO CIVIL RBAC-E N*94, EMENDA N*03
REGULAMENTO BRASILEIRO DAAVIACÁO CIVIL, 1S N*E94.503-001 Revisáo C
ADVISORY CIRCULAR N* 922-001 Remotely Piloted Aircraft Systems Safety Assurance
OACI ADVISORY CIRCULAR (AC) 102-1, UNMANNED AIRCRAFT SYSTEMS
OPERATIONS- CERTIFICATION
* 14 CFR 107 FAA, 20 june 2023, Small Unmanned Aircfraft Systems.
7. MATERIA
En apoyo a la regulación vigente y en aras de presentar de manera explícita algunos puntos
que requieren ser detallados a partir de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, en especial
la norma RAC 100, el presente procedimiento establece los pasos de cumplimiento para la
validación de condiciones operacionales de UAS.
7.1 Cumplimiento para registro UAS experimental con PBMO menor de 25kg
Toda persona natural o jurídica, que planee diseñar y construir o ensamblar sistemas de
aeronaves no tripuladas (UAS), con propósitos de investigación y desarrollo o tipo experimental,
con peso máximo de despegue menor a 25kg, para operaciones de categoría abierta (no
comercial, no producción masiva, entre otros fines comerciales), presentará a la Aerocivil los
siguientes requisitos para proceder con su registro:
7.1.1 Asignar un serie número a su UAS único e irrepetible;
NOTA: Se sugiere asignar el serie número desde el inicio de su proceso de
construcción.
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GRRDAD ADMINISTRATIVA ESPOOISL
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Versión: 01
7.1.2 Una tabla técnica con los siguientes datos:
Caracteristicas Unidades
Configuración de la aeronave no tripulada (tipos de N/A
aeronave: VTOL, HTOL, hibrido, entre otras)
Dimensiones (plegado y extendido, altura, envergadura, Metros (m)
diámetro, entre otras)
Descripción del Alcance del UA Metros (m)
Descripción del Rango de velocidades
Metros por segundo (m/s)
Límite de peso máximo de despegue
Kilogramos (kg)
Límite de carga útil
Kilogramos (kg)
Descripción de techo máximo operacional Metros (m)
Sistema de navegación satelital - GPS, GNSS, Galileo, N/A
entre otros (simple o múltiple)
Sistema de piloto automático (si aplica) N/A
Sistema de detección (si aplica) (omnidireccional, N/A
unidireccional, entre otros)
Sensor unidad de medida inercial del UVAS (IMU) N/A
Especificaciones de la batería (Capacidad, voltaje, tipo
de batería, peso neto, número de celdas, entre otras)
Capacidad (mAh), Voltaje
(V), peso neto (kg)
Sistemas de lanzamiento y/o recuperación de N/A
emergencia (si aplica) (Paracaidas, malla, entre otras),
para condiciones normal, anormal y de emergencia
Sistema de iluminación N/A
Sistema de propulsión (características de los motores, N/A
cantidad de motores, configuración de los motores, tipo
de fuente energética)
Tipos de hélices (diámetros, paso de la hélice) Metros (m)
Componente de aterrizaje (fijo o movible) N/A
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Debe asegurar el óptimo funcionamiento de los elementos estructurales;
Debe asegurar que el sistema de mando y control a distancia no genere
En el caso de UAS con fines de aspersión o dispersión, se debe asegurar el
7.1.3
7.1.4
interferencia con otros sistemas aeronáuticos;
7.1.5
óptimo funcionamiento del sistema;
7.1.6
Una vez finalizado el proceso de construcción o ensamble se realizará el
registro ante la Aerocivil, anexando lo estipulado en la sección 7.1.1 y 7.1.2 de
esta circular y cumplirá con lo exigido en la circular informativa “guía de registro
UAS y equipos tecnológicos” 100-MAUT-5,0-22-010-Cl
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NOTA: Para las UAS construidas o ensambladas con fines de lucro diríjase al numeral
7,2 guía para la obtención del certificado de validación técnica y operacional UAS.
7.2 Guía para la obtención del certificado de validación técnica y operacional UAS
Esta sección aplica a toda persona jurídica, en adelante el interesado, que planee diseñar y
construir o ensamblar sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), con peso máximo de
despegue hasta 250kg con fines de operar en la categoría específica, fabricación y producción
en línea, entre otros.
El interesado en obtener un certificado de validación técnica y operacional de su UAS enviará
al Grupo Drones y Movilidad Urbana Aérea al correo admuadQaerocivil gov.co una carta de
presentación del proyecto, que justifique su propósito de diseño y construcción o ensamble,
sus características técnicas y cualquier otra información que el interesado considere relevante
para el alcance del proyecto.
NOTA: Para la carta de presentación del proyecto se recomienda usar la guía propuesta en
el anexo 1 “GUIA CARTA DE PRESENTACIÓN PARA EL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN O
ENSAMBLE PARA UAS” de la presente circular.
Una vez radicada la solicitud, se realizará una reunión de familiarización con el Grupo Drones
y Movilidad Urbana Aérea, con el fin de conocer detalles del proyecto y abordar la viabilidad
de este.
El proceso continuará luego de la familiarización de la siguiente manera:
FASE 1. Presentación de la documentación formal
FASE 2. Evaluación documental
FASE 3. Inspección y demostración de cumplimiento
FASE 4. Expedición del certificado de validación técnica y operacional UAS
7.2.1 FASE 1: Presentación de la documentación formal
El interesado presentará la siguiente información al GDMUA:
4. El interesado presentará la tabla de la sección 7.1.2 de la presente circular,
adicional anexará la siguiente información:
a. Descripción de la configuración de la aeronave;
b. Descripción de los sistemas de navegación que conformarán la aeronave;
c. Lista de cumplimiento y una declaración de cumplimiento del estándar de
diseño y construcción elegido por la persona interesada;
NOTA: Se recomienda utilizar la guía internacional para el diseño y
construcción para las UAS, ASTM F2910-22 Standard Specification for Design
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and Construction of a Small Unmanned Aircraft System (sUAS) y ASTM F3563-
22 Standard Specification for Design and Construction of Large Fixed Wing
Unmanned Aircraft Systems
d. Planos con dimensiones (Vista derecha, izquierda, frente, detrás, superior,
inferior);
e. Cronograma del proyecto;
f. Instrucciones básicas de mantenimiento del UAS;
g. Presentar un plan de ensayos operacionales preliminar, de acuerdo con
estándares internacionales o nacionales que el solicitante considere apropiado
para el desarrollo de las pruebas;
h. Descripción del sistema de enlace C2, el sistema cumplirá con lo descrito en la
sección 100.420 del RAC 100;
i Descripción del sistema de iluminación de la aeronave, el cual cumplirá con un
sistema de luces anticolisión y luces de navegación para visualizar su
orientación durante el día y la noche;
j. Descripción del sistema de recuperación del UAS en caso de emergencia en
cumplimiento con la norma RAC 100 sección 100.415 punto (a) numeral (4) (iv);
k. Elaborar manuales de mantenimiento y de vuelo.
NOTA: Para el manual de mantenimiento se recomienda el estándar
internacional ASTM F2909-19, Standard Practice for Maintenance and
Continued Airworthiness of Small Unmanned Aircraft Systems (sUAS) y para el
manual de vuelo ASTM F2908-14 Standard Specification for Aircraft Flight
Manual (AFM) for a Small Unmanned Aircraft System (SUAS).
Podrá consolidar la información de esta sección, en un concepto operacional
(CONOPS) o equivalente que el solicitante considere adecuado para la
presentación de la información, consolidándola a los limites operacionales del
UAS.
2. La Aerocivil, podrá solicitar cualquier otra información que considere relevante
para la demostración de cumplimiento del UAS a nivel operacional.
NOTA: Si la documentación no está completa se rechazará la solicitud y será
notificado con la descripción de las razones.
3. Si la solicitud cumple con los lineamientos establecidos por la Aerocivil, le será
asignado un inspector líder por parte del GDMUA el cual validará y dará cierre en
cada una de las fases del proceso. La cantidad de persona! asignado dependerá
de la magnitud del proyecto.
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Clave: NAUT-5.0-22- 015
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NOTA: A partir de este momento el interesado se convertirá en un solicitante,
7.2.2 FASE 2: Evaluación documental
Terminada la fase 1, continuará la evaluación de la información y la documentación
aportada por el solicitante en cuanto al cumplimiento de los requisitos normativos, la
cual será desarrollada por el inspector líder del GDMUA asignado por la Aerocivil, quien
solicitará las modificaciones, correcciones o ajustes necesarios para continuar el
proceso de certificado de validación técnica y operacional.
7.2.3 FASE 3: Inspección y demostración de cumplimiento
Finalizada la fase de evaluación, se programará la visita de inspección a las
instalaciones del solicitante y al área dispuesta para las pruebas de validación técnica y
operacional, acorde con la documentación presentada en la solicitud formal, con el fin
de demostrar cumplimiento de los requisitos.
Los parámetros básicos para realización de las pruebas son las siguientes:
a. Durante su fase de demostración de cumplimiento el solicitante cumplirá con un
mínimo de 50 horas de vuelo con pruebas satisfactorias, para cada prototipo.
NOTA: Deberá solicitar una autorización de vuelo, siguiendo con lo establecido en
la circular MAUT-5.0-22-012 GUÍA PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZA CIÓN DE
VUELO UAS Y ÁREAS DE VUELO DE ENTRENAMIENTO UAS EN
CUMPLIMIENTO CON LA NORMA RAC
100, en lo que sea aplicable a su proceso. Adicional a esta solicitud deberá anexar
su plan de ensayos operacionales.
b. Presentar una evaluación de los riesgos asociados a su diseño y construcción de
acuerdo con el propósito de operación del UAS.
NOTA: Se sugiere usar como guía el documento: JARUS guidelines on Specific
Operations Risk Assessment (SORA)”, ASTM F3003-14 Standard Specification for
Quality Assurance of a Small Unmanned Aircraft System.
Para la demostración de cumplimiento de las condiciones especiales como
contacto visual BVLOS o tipo de operación transporte de carga *Drone delivery”,
podrá considerar para las pruebas operacionales el área de vuelo sugerida por la
Aerocivil en la Resolución 01226 del 26 junio 2023 “Por medio de la cual se autoriza
el Plan Piloto de Pruebas Tecnológicas de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas”,
y cumplirá con lo dispuesto en esta resolución o la que la sustituya,
NOTA: El área de pruebas operacionales para aeronaves con fines diferentes a
las de contacto visual BVLOS o transporte de carga “Drone delivery”, será
asignada por la Aerocivil de acuerdo con su propósito operacional,
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d. Concluida la inspección será notificado el solicitante por medio de una carta de
inspección adjuntando las constataciones como no conformidades, discrepancias
o inconsistencias. El solicitante presentará una propuesta de correcciones
mediante un cronograma al inspector líder.
e. Resueltas estas constataciones, el inspector líder emitirá un informe de inspección,
dando cierre a la fase de inspección y demostración para continuar con el proceso.
NOTA: En caso de no realizarse las inspecciones físicas, la Aerocivil recibirá datos
adicionales del UA como: Registros, fotografías, videos, informes, entre otros. O
equivalente a lo que pueda sustituir una inspección, esto aplicará únicamente para
las UAS con MTOW <=25kg.
7.2.4 FASE 4: Expedición del certificado de validación técnica y operacional UAS
Una vez que todos los ítems significativos han sido corregidos, la Aerocivil otorgará al
solicitante el Certificado de validación técnica y operacional UAS. Esta acción finaliza el
proceso de validación. En ninguna circunstancia se certificará al solicitante, hasta que la
Aerocivil haya determinado que cumple con sus responsabilidades tal como lo
establecen las leyes y las reglamentaciones vigentes. Por lo tanto, para la expedición
del certificado se otorgará cuando:
a. Se valide el informe final de las pruebas realizadas al prototipo, presentadas en el
plan de ensayos del solicitante;
b. El tiempo de este certificado será otorgado de acuerdo con las actualizaciones en
cuanto diseño y construcción que pueda tener el UAS.
NOTA: El certificado de validación permitirá que el solicitante imparta cursos de
capacitación de su UAS y podrá comercializar su UAS en el territorio Colombiano.
7.3 Soporte técnico del UAS
El fabricante, constructor o ensamblador, posterior a la obtención de la validación técnica y
operacional de su UAS, proporcionará unas instrucciones de mantenimiento para la operación
de las UAS, dentro de las cuales están:
a. El fabricante del UAS debe elaborar y facilitar al operador los manuales de
mantenimiento y vuelo, como mínimo;
b. Desarrollar y poner a disposición del operador y la Aerocivil, los planes que se llevarán
a cabo para las tareas de mantenimiento e inspección, como, por ejemplo,
mantenimiento preventivo, pruebas del sistema, reemplazo de componentes
desgastados, monitoreo de las baterías, sistema de anticolisión, intervalos de
calibración de los equipos, entre otros;
c. Llevar la trazabilidad de los reportes de mantenimiento del VAS que el operador
realice;
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d. El solicitante elaborará un plan de formación para el mantenimiento de la aeronave;
e. Cualquier otra característica que el fabricante, constructor o ensamblador considere
establecer para el funcionamiento continuo del UAS.
8. VIGENCIA
La presente Circular Informativa se encuentra en versión 01 y entra en vigor a partir de la fecha
de su publicación en la página web de la entidad, hasta que sea revisada o revocada.
9. CONTACTO PARA MÁS INFORMACIÓN
Para más información o actualización de información no descrita previamente, póngase en
contacto con:
Grupo Drones y Movilidad Urbana Aérea.
Correo: gdmuaDaerocivil.gov.co
Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
Avenida Eldorado X 103-23
Bogotá, D.C.
FIRMA m4 ) / // 111 4
LUIS ALBÉRTO RAMOS VALBUENA ]
DIRECTOR DE AUTORIDAD A LOS SERVICIOS AEREOS (E)
Proyectó: Mónica Cárdenas Morales — Contratista GDMUA 44 N
Revisó: Mario Fernando Rodríguez Montoya. - Inspector de seguridad operacional - DASA.
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ANEXO 1
GUIA CARTA DE PRESENTACIÓN PARA EL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN O ENSAMBLE PARA
UAS
A. INFORMACION DEL SOLICITANTE
(Diligencia la siguiente información en su totalidad)
Aí. Nombre registrado
de la empresa
(Razón social), del
solicitante
A2. Nombre comercial:
en caso de que sea
diferente a A!
A3. Dirección
A4. Teléfono y correo
electrónico
B. VALIDACIÓN UAS
(Seleccione el item que aplique)
B1. DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN
B2. ENSAMBLE
B3. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL UAS
B4. PROPÓSITO DE LA OPERACIÓN:
C.NORMA DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN Y/O ENSAMBLE DE REFERENCIA APLICABLE
(Mencione la norma utilizada para la ejecución de su diseño, construcción y/o ensamble)
D. CRONOGRAMA DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN O ENSAMBLE
D3. FECHA
D1. DURACION Meses D2. FECHA INICIO CULMINACION
DA. D6.
ETAP |D5, ACTIVIDAD DURACIÓN
AR (SEMANAS
1
2
3
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O0¡D¡| || ]a
Instrucciones: Presentar original al Grupo Drones y Movilidad Urbana Aérea en la Secretaria de
Autoridad Aeronáutica de la U.A.E.A.C. El solicitante completa la sección A hasta la D,
A. Información del solicitante:
A1. Ingrese la razón social de la empresa como persona jurídica o nombre de la persona natural.
A2. Ingrese el nombre comercial, en caso de que sea distinto a la razón social.
A3. Esta dirección corresponde a la ubicación física donde está basado el gerente responsable.
A4. Indicar los números de teléfono y correo electrónico de contacto.
e. Validación UAS:
B4. Si el proceso corresponde al diseño y construcción
B2. Si el proceso es solo ensamble, no con su propio diseño
B3. Realice una breve descripción de las caracteristicas técnicas del UAS
B4, Mencione el proposito operacional que tendrá el UAS
c. Norma de diseño y construcción o ensamble de referencia aplicable: Nombre la norma guía
que utilizará para el diseño y construcción o ensamble de su UA, puede hacer uso de estándares
internacionales para su proceso.
p. Cronograma de diseño y construcción o ensamble:
D1. Establezca la duración total del proyecto
D2. Indique la fecha en que dará inicio
D3. Indique la fecha final del proyecto
DA. Indique el número de etapas en las que llevará el proceso
D5. Indique el nombre de las actividades de las etapas que llevará el proceso
D6. Indique la duración que le llevará realizar dichas actividades
Firma del solicitante Fecha
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operacional UVAS
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UNIDAD ADMIN STRATIVA ESPECIAL
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ANEXO 2
REPÚBLICA DE COLOMBIA No.
—U—Á rm
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
, CERTIFICADO DE VALIDACIÓN TÉCNICA Y OPERACIONAL UAS
AERONÁUTICA CIL
UNIDAD ARMS TRATIVA ESPECIAL
1. NACIONALIDAD: 2. CONSTRUCTOR O | 3. MODELO DEL UAS:
ENSAMBLADOR:
4. PROPÓSITO:
5. Este certificado de validación técnica y operacional certifica que, a la fecha de su expedición, la
Aeronave fue inspeccionada y se encontró que cumple los requerimientos de los Reglamentos
Aeronáuticos de Colombia aplicables. Ninguna persona puede operar esta aeronave a menos que:
4. Este de acuerdo con las condiciones y limitaciones de operación del anexo adjunto de fecha:
ot 1 las cuales fueron establecidas por la UAEAC y que forman parte de este
certificado.
2. En espacio aéreo internacional o sobre territorio de un país extranjero, tenga un permiso especial
de ese país.
6. EECHA DE EXPEDICIÓN | 8. NOMBRE Y FIRMA DEL | 9. DOCUMENTO DE
INSPECTOR DE | IDENTIFICACIÓN:
SEGURIDAD
7. FECHA De | OPERACIONAL — UAEAC
VENCIMIENTO
10. Este certificado está sujeto a las condiciones listadas en el anexo de fecha 1 /
41. Excepto que sea suspendido o cancelado por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica
Civil (UAEAC), esté certificado se mantendrá válido hasta la fecha de vencimiento establecida (si
se estableció) o si el UAS es retirado de la base de datos de registro.
12. Cualquier alteración, reproducción o mal uso de este certificado será sancionado de acuerdo
con los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia vigentes.
Clave: MAUT-5.0-12- 065
Versión: 01
Fecha: 06/12/2023
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