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Resoluciones a los RAC0354827/12/2015· Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos

Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura

| REPÚBLICA DE COLOMBIA A MINISTERIO DE TRANSPORTE y y UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Principio de Procedencia: Resolución Número 3000.492 1061.-2015035606 ( ) “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL En uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren los artículos 1773, 1782 y 1790 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en los artículos 2” y 5 numerales 3, 4 y 10, y artículo 9” numeral 4 del Decreto 260 de 2004 y; CONSIDERANDO: Que mediante Ley 12 de 1.947, la República de Colombia aprobó el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito el 7 de diciembre de 1944 en la ciudad de Chicago USA y como tal, debe dar cumplimiento a dicho Convenio y a las normas contenidas en sus anexos técnicos. Que de conformidad con lo previsto en el Artículo 37 del el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago —USA el 7 de diciembre de 1944 y aprobado por Colombia mediante Ley 12 de 1947; los Estados Parte se comprometieron a colaborar a fin de lograr el más alto grado de uniformidad posible en sus reglamentaciones, normas, procedimientos y organización relativos a las aeronaves, personal, aerovías y servicios auxiliares y en todas las cuestiones en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea; para lo cual, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) adopta y enmienda las normas, métodos recomendados y procedimientos internacionales correspondientes, contenidos en los anexos técnicos a dicho Convenio. Que es función de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) armonizar los Reglamentos Aeronáuticos Colombianos -RAC con las disposiciones que al efecto promulgue la Organización de Aviación Civil internacional, tal y como se dispone en el artículo 5” del Decreto 260 de 2004, y garantizar el cumplimiento del Convenio sobre Aviación Civil Internacional junto con sus Anexos. Que la UAEAC, es miembro del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional SRVSOP, conforme al convenio suscrito por la Dirección General de la entidad, el día 26 de julio del año 2011, acordando la armonización de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos — LAR, propuestos por el Sistema a sus miembros. Que mediante Resolución No 01313 del 26 de marzo de 2007, la UAEAC, en uso de sus facultades legales, adoptó e incorporó a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, la Parte Decimo Octava de dichos Reglamentos, sobre “UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES”, desarrollando el Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Que mediante resolución No 06352 del 14 de noviembre de 2013, la UAEAC, igualmente adoptó una nueva metodología y sistema de nomenclatura para los Reglamentos Aeronáuticos Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página:1 de 20% | REPÚBLICA DE COLOMBIA ito y Oran, MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: Pee 3000.492 bo. ) Ed Dil 203548 E y] Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” de Colombia, en aras de su armonización con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos -—LAR, con lo cual, la Parte Decimo Octava de los Reglamentos Aeronáuticos, pasó a denominarse RAC 18. Que entre los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos- LAR, no existe actualmente una norma sobre Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves, en desarrollo del Anexo 5 de la OACI, con lo cual es necesario renumerar la norma RAC 18, como RAC 100 y modificar su sistema de nomenclatura, para conservarla en una forma resulte compatible con el resto de la normatividad que se viene armonizando con el sistema LAR. Que en mérito de lo expuesto; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Renumerase la norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, como RAC 100 y modifícase su sistema de nomenclatura, así: RAC 100 UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AEREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES Capítulo A. Generalidades 100.001 Aplicación (a) Este Reglamento contiene disposiciones para la utilización de un sistema normalizado de unidades de medida en las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil, basado en el Sistema Internacional de Unidades (Sl) y en ciertas unidades que no pertenecen a ese sistema pero cuyo uso se considera necesario para satisfacer las necesidades especiales de la aviación civil. (b) Las normas contenidas en éste Reglamento serán aplicables en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil internacional. 100.005 Definiciones y abreviaturas (a) Cuando se utilicen los términos siguientes en las normas y métodos recomendados relativos a las unidades de medida que han de emplearse en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil internacional, los mismos tendrán los Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 2 de 23Wi> REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL a Resolución Número Principio de Procedencia: RUS 90 3000.492 £t vil, ¿Ub 403548? Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” significados que se expresan a continuación: Actuación humana. Capacidades y limitaciones humanas que repercuten en la seguridad y eficiencia de las operaciones aeronáuticas. Amperio (A). El amperio es la corriente eléctrica constante que, mantenida en dos conductores paralelos, rectilíneos de longitud infinita, de sección circular despreciable y ubicados a una distancia de 1 metro entre sí, en el vacio, produce entre estos dos conductores una fuerza igual a 2 x 10-newtons por metro de longitud. Becquerel (Bq). La actividad de un radionúclido que sufre una transición nuclear espontánea por segundo. Candela (cd). Es la intensidad luminosa, en dirección perpendicular, de una superficie de 1/600 000 metro cuadrado de un cuerpo negro, a la temperatura de solidificación del platino, a la presión de 101 325 newtons por metro cuadrado. Culombio (C). La cantidad de electricidad transportada en 1 segundo por una corriente de 1 amperio. Estereorradián (sr). Ángulo sólido que tiene su vértice en el centro de una esfera y que corta sobre la superficie de la esfera un área igual a la de un cuadrado cuyos lados tienen una longitud igual al radio de la esfera. Faradio (F). Capacidad de un condensador entre cuyas placas aparece una diferencia de potencia de 1 voltio cuando está cargado con una cantidad de electricidad igual a 1 culombio. Grado Celsius (”C). Nombre especial con que se designa la unidad kelvin para utilizarla en la expresión de valores de temperatura Celsius. Gray (Gy). La energía entregada por radiación ¡onizante a una masa de materia correspondiente a 1 julio por kilogramo. Henrio (H). La inductancia de un circuito cerrado en el cual se produce una fuerza electromotriz de 1 voltio cuando la corriente eléctrica en el circuito varía uniformemente con una cadencia de 1 amperio por segundo. Hertzio (Hz). Frecuencia de un ciclo por segundo. Julio (J). Trabajo realizado cuando el punto de aplicación de una fuerza de 1 newton se desplaza una distancia de 1 metro en la dirección de la fuerza. Kelvin (K). Unidad de temperatura termodinámica, que es la fracción 1/273,16 de la Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 3 de 234> REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE di UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número ce a gos cuencia: a 2 1 D IC. Y . Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” temperatura termodinámica del punto triple del agua. Kilogramo (kg). Unidad de masa; es igual a la masa del prototipo internacional del kilogramo. Litro (L). Unidad de volumen para medir líquidos y gases, que es igual a 1 decímetro cúbico. Lumen (Im). Flujo luminoso emitido en un ángulo sólido de un estereorradián por una fuente puntual que posee una intensidad uniforme de 1 candela. Lux (lg. Iluminación producida por un flujo luminoso de 1 lumen distribuido uniformemente sobre una superficie de 1 metro cuadrado. Metro (m). Distancia que la luz recorre en el vacío en 1/299 792 458 de segundo. Milla marina (NM). La longitud exactamente igual a 1 852 metros. Mol (mol). Cantidad de sustancia de un sistema que contiene tantas entidades elementales como átomos existen en 0,012 kg de carbono-12. Cuando se emplea el mol, deben especificarse las entidades elementales, que pueden ser átomos, moléculas, ¡ones, electrones, otras partículas o grupos especificados de tales partículas. Newton (N). Fuerza que, aplicada a un cuerpo que posee una masa de 1 kilogramo produce una aceleración de 1 metro por segundo al cuadrado. Nudo (kt). La velocidad igual a 1 milla marina por hora. Ohmio (:). Resistencia eléctrica entre dos puntos de un conductor cuando una diferencia de potencial de 1 voltio, aplicada entre estos dos puntos, produce en ese conductor una corriente de 1 amperio, no siendo el conductor fuente de fuerza electromotriz alguna. Pascal (Pa). Presión o tensión de 1 newton por metro cuadrado. Pie (ft). La longitud exactamente igual a 0,3048 metros. Radián (rad). Ángulo plano entre dos radios de un círculo que corta, sobre la circunferencia, un arco de longitud igual al radio. Segundo (tiempo) (s). Duración de 9 192 631 770 periodos de la radiación correspondiente a la transición entre los dos niveles hiperfinos del átomo del cesio-133 en estado normal. Siemens (S). Conductancia eléctrica de un conductor en el cual se produce una corriente de 1 amperio por una diferencia de potencial eléctrico de 1 voltio. Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 4 de 234, REPÚBLICA DE COLOMBIA Livesad y! MINISTERIO DE TRANSPORTE al UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL A Resolución Número Principio de Procedencia: ( ) ? 1 Dl IM 20D | 2035489 Oran Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Capitulo B. (Reservado) Capítulo C. Aplicación normalizada de las unidades de medida 100.300 Unidades del Sistema Internacional (SI) (a) El Sistema Internacional de Unidades, preparado y actualizado por la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM), se utilizará, en Colombia, como sistema normal de unidades de medida en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil. (b) Prefijos. Se utilizarán los prefijos y símbolos que figuran en la Tabla C-1 para componer los nombres y los símbolos de los múltiplos y submúltiplos decimales de las unidades (Sl). (1) El término “unidades Sl”, tal como se emplea aquí, comprende tanto las unidades básicas como las derivadas y así mismo, sus múltiplos y submúltiplos. 100.305 Unidades ajenas al sistema SI (a) Unidades ajenas al S|! para uso permanente junto con el sistema Sl. (1) Las unidades ajenas al sistema Sl que figuran en la Tabla C-2, se utilizarán bien sea en lugar de las unidades Si o como alternativa de ellas, en calidad de unidades primarias de medición, aunque únicamente como se especifica en la Tabla C-4, (b) Otras unidades permitidas temporalmente con carácter opcional junto con el sistema Sl, se permitirá el uso temporal de las unidades de medida que no pertenecen al sistema Sl que figuran en la Tabla C-3, únicamente para las magnitudes que figuran en la Tabla C-4. Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 5 de 23 REPÚBLICA DE COLOMBIA Labores y Orden, MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: 3000.492 . . 2048 p3548) Ñ Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Tabla C-1. Prefijos de las unidades SI Factor por el que debe mailtipliasrse danita Prelllo. Niraiaia 1 600 000 000 000000 = J0% paa P 1060 000 000000 = I0É tera T 100000 = Pé maja — M 1000 = Kf kilo k 100 = 18 hecto kh 19 = 10) dsca da 4l= 1 deci: á 001 = centi z 90 = 1 veili m 0,004 600 001 = JO — mara 0,000 000 000007 = WÉ-—— pioo p 0,060 000 000 000001 = Irió fama Y = Uco a 9,000 0000 000 000 000 007 100.310 Aplicación de unidades específicas (a) La aplicación de unidades de medida para ciertas magnitudes que se utilizan en las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil internacional, estarán de acuerdo con la Tabla C-4. (b) Con el fin de facilitar las operaciones en ambientes en los que se utilicen unidades de medida específicas normalizadas y otras ajenas al Sl, o en la transición entre ambientes que utilicen diferentes unidades; toda magnitud expresada en unidades ajenas al Sl, en los presentes Reglamentos Aeronáuticos y en todo documento escrito con fines aeronáuticos, irá seguida de su correspondiente conversión al Sl (entre paréntesis), según sea aplicable. Nota: Las Unidades ajenas al Sl, se emplearán con el fin de evitar posibles confusiones, solo en aquellos casos en que su uso sea más común y generalizado internacionalmente, en las operaciones aéreas y terrestres de las aeronaves, como sucede con el Nudo, como unidad de velocidad, la Milla Marina como unidad de distancia, y el Pie como unidad para altitud, entre otras (ver tablas C-2, C-3 y C-4). Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 6 de 23 +— REPÚBLICA DE COLOMBIA Cbeaso y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número A Principio de Procedencia: ? 1 y ¿ bo o ¿U 3000.492 Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Tabla C-2. Unidades ajenas al Sl para uso permanente junto con el sistema SI Afagnitudes expecificas Definición de la Tahla €-á jen términos de lay relativas a Laidad Smbolo unidades £N ángulo plano grado a 1 ¿ARO rad miniia ! Vos PUSO = (5108) rad segundo ? 1 ARO 4% 00 mud temperatura gado Celebs EN i unidad 0 +1 nidad K% tiempo minuts min lomin = fidla dia d tdo HMAhr 8640 s vohamen litro L LL= td am 21 Pera la oumsesión, vésse la Tebla €-2 et el apendico € Tabla C-3. Otras unidades cuyo uso se permite con carácter opcional junto con las Unidades SI Magnituder específicas Definición de la Tabla 0d fen términos de las selativar a Unidad Simbolo unidades $0 distancia (longitudinal! milla marina NM | NM = [Sm distancia (vertical? pie ft fi 01104 8 m a aliitud, elevación, alba, welocidad vertical, Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 7 de 230,40 REPÚBLICA DE COLOMBIA Ltsesad y Crean MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: 3000.492 dl PO ay ES eo ES E sta A ¿03548 Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Tabla C-4 Aplicación normal de las unidades específicas de medida 1. Dirección/Espacio/Tiempo Unidad opcional Nimen de Unidad pronta ajena al A referencia Magnitud frimbala) faimbolo) 1.1 altitud mí A 1,5 alovarión mm Á 1.5 autonomia hy anin 17 altura mm ñ 1,3 longitud tm 1.10 longitud geográfica pr 1.11 ángulo plano fruando sea necesario se ulilizarán las subdivisiones decimales del prado) * LE kmgitud de pista ra 1.13 alcances visual en la pista mí 1.4 capacidad de los depósitos [aeronave] L 1.15 tienpo % h d 1.18 direeción del viento (otras dircociónes del viento que no sean par el merrizaje y el despegue, se expresarán en cwerdadermos; las direcciones del viento para el veoldepege 2 prezarán en grados Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 8 de 23; [E REPÚBLICA DE COLOMBIA ibeaad y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: ? 1 0 | C E% 0 E 3000,492 (. E ) iS . 3 ¿03548 | Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” 2. Unidades relacionadas con masa Mimen de Unidad primada referencia Magnitid primbala) densidad (de mara) densidad de qua bed bi RR is ña Lo boa dá od dé rd e 29 elevación de maras kg 2,10 densidad lineal kg 204 densidad de liquidos kgimó pN masa ky 2.13 momento de inercia kg mé 2,14 momento cinético kg nds 3. Unidades relacionadas con fuerza NMimera de nidad primaria referencia Magnitud jriribolo) 3.1 presión del aire (peneral) kPa 30 presión bidránlica kPa 3,9 presión kPa 313 momento estático H-m 2.4 vacio Pa Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 9 de 2314, REPÚBLICA DE COLOMBIA ita y Oran MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número ¿03540 Principio de Procedencia: 3000.492 Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” 4. Mecánica Unidad opcional Número de Unidad primaria ajena al Si referencia ¿agnitid simbolo) isínhalo) 4.1 velocidad relativa kt 4A velocidad angular 45 potencia equivalente en el árbol EW 40 velocidad respecto al suelo kméh kt 4.8 impacto mi 4.4 energia cinética abrorhida por el freno Mr 411 potencia EW 41 régimen de centrado 18 4.13 potencia en el árbol kW 4.14 velocidad més 4,1% velocidad vertical ms i'min 3.16 velocidad del viento kméh kt Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 10 de 2 > REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE dl UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: s ip 3000.492 el 1 His Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” 5. Gasto Númer de Unidad primaria referencia Aagnitad ¡siómbolo) 51 air: del motor karós si agua del motor kgrh 53 smsumo de combustible (específico) motores de émbolo tabameactore de arbol motores de rescción 54 combustible 35 vedockiad de llenado del depósito de combustible 5? liquido (pravimétnco) EÑ fíquido (volumétrico) 5.3 caudal másico 5.10 constimo de acelte turbina de gas matores de émbolo (especifico) 50 aueite 5 capacidad de la bomba 513 ate de ventilación 515 viscosidad (cinemática) ms 6. Termodinámica Numero dde Unidad primaria referencia Magnitod (rirbolo) 6. coeficiente de transmisión térmica y 56.2 Hujo térmico por unidad de área Ad lujo térmico SA burmedad tabaolutal 5.5 dilatación lineal O 6.6 cantidad de calor J 57 tempentlura A Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 11 de 231%)" REPÚBLICA DE COLOMBIA * Libra y Oran MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: 3000.492 354b Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” 7. Electricidad y magnetismo Húmero dde Cónidad primaria referencia Afagnitad irrmbaldos pl vondostincia E Fa densidad de corriente Amé 75 corriente eléctrica A, 7 intensidad de cumpo eléctrico Cimé 23 tensión. eléctrica Y EE fuersa electonmótriz 1 13 intensidad de campo mandos Ámm 7 densidad de flujo magnético Y ¿12 potencia We YH resistencia pÑ 8. Luz y radiaciones electromagnéticas y afines Mimeri de Unidad primaria referencia Magnitud simola) £A emitancia haminosa mim eS flujo luminoso Er AS intensidad huninosa ed BG entcrgía radiante J 9, Acústica Amero de Unidad primaria rolerencia Magnitud ¿Gimbalo) 92 nivel de ruido YA duración de un periodo 3 $e intensidad acústica Wan? Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 12 de 23 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: 3000.492 “0 z 5 he B ) Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” 97 presión arústica Pa E nivel de sonido dias 34.10 velocidad del sonido més 53,11 ilujo de velocidad acústica (instantines) més a longitud de onda m 10. Física nuclear y radiación de ¡onización Número de Unidad pritmada referencia Magnitud feirmbala) ¡CU fígimen de absorción de dosis Cia 103 actividad de los radionáclidos > Hg 104 dosis equivalente E 10,5 exposición a la radiación Cókg 106 régimen de expesición CES (a) Tal como se usa en la navegación, generalmente más allá de los 4 000 m. ) Por ejemplo, combustible de la aeronave, líquido hidráulico, agua, aceite y recipientes de oxigeno de alta presión. (c) La visibilidad inferior a 5 km puede indicarse en metros. (a) En las operaciones de vuelo, la velocidad relativa se indica a veces (Generalmente en niveles superiores de vuelo) mediante el Número de Mach. (e) El decibel (dB) es una relación que puede utilizarse como unidad para expresar el nivel de presión acústica y el nivel de potencia acústica. Cuando se utiliza, hay que especificar el nivel de referencia. 100.315 Expresión de la unidad empleada Siempre que se expresen magnitudes en forma verbal o escrita, deberá indicarse claramente la unidad empleada. CAPITULO D- USO DE LAS UNIDADES OPCIONALES AJENAS AL SISTEMA INTERNACIONAL 100.400 (a) Las unidades que no pertenecen al sistema Sl y que figuran en la Tabla C-3, habiendo sido conservadas temporalmente en el Anexo 5 al Convenio sobre Aviación civil Internacional, se conservan igualmente en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, para utilizarlas como unidades opcionales, debido a su amplia difusión y para evitar posibles problemas de seguridad que podrían surgir, debido a la falta de coordinación internacional en cuanto a su Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 13 de 23Lg 1? REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE SF UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL a Resolución Número cn roo cOncia: di 0 3 5 4 8 Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” uso. (Ver Nota subsiguiente a capítulo C, (100.010) (b). (1) En razón a que internacionalmente no se ha fijado una fecha para la terminación del uso del Nudo, como unidad de velocidad, de la Milla Marina como unidad de distancia, ni del Pie como unidad para altitud; en las operaciones aéreas y terrestres, tales unidades se seguirán empleando de modo que, sobre su eventual terminación se reglamentaría tan solo después de que exista una determinación internacional. APÉNDICE 41 (RESERVADO) APÉNDICE 2 (RESERVADO) Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 14 de 234 REPÚBLICA DE COLOMBIA Live y ed MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número 403548 Principio de Procedencia: 3000.492 Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” APÉNDICE 3 FACTORES DE CONVERSION 1. Generalidades 14 Otros ejemplos del uso de las tablas: 1.1. La lista de factores de conversion que Épura en este Fara comerte en Sutripligmese por Adjunto se ha establecido para expresar dos equivalentes de diferentes vidades de medicion como multiplos munserioos de libra-Tuerza por pre cuadrado Pa 3, 7BR OO EOL auidadez SL pulgada has] 2,540 000 — 00 donde: . .—_ 1 ibípiea! = 47,880 26 Pa 12 Los factores de cooveraion se presentan de modo que P e sea facil adaptarlos para la presentacion visual de compr 1 pulgada = 0.023 4 1 (exactamente tadora y para la transmision de datos elecirontcos. Los factorez se escriben como numero mayor que la wudad e , . inferior a 10, con seiz decimales o menos. A contimuscion del 2 Factores que no figuran en la dista numero wa la letra E (exponente), el signo mas o el signo menos y dos digitos que indican la potencia de 10 por la cual hay que multiplicar el numero con el fin de obtener el valor correcto. Por ejemplo: 2.1 Los factores de converion de wudadez compuestas que no figwrso en la Tabla pueden deducirse fictimente de los mumeros indicados en da lista, mediante sustiteacion de laz wudades convertidas, del modo siguiente: 3,523 907 E-02 es 3.523 907 x 10 4 0,033 23907. Ejemplo: Para hallar el factor de cowversion de lb: piests a De un modo sualogo, kg 119: 3,86 289 EF 03 e. 3,386 389 10% dd 3 326,330 en primer igor conviertase 1 libra en 0,433 392 4 kg _ 1 pie ex 0,304 8 ya 13 Un asterisco 0 colocado a contisuación del nto decimal indica que el factor de conversion es exacto y que sodos los digitoz siguientes son ceros. 51 se indican menos de sel decimales, quiere decir que no se justifica una precision Jo despues SUSfÍNVase: (0,433 3902 4 Lg * 20,304 8 mm = 9,138 255 kg ms Siendo el factor 1,382 53 E-0L Tabla CL Factores de conversion a unidades SI (Los simbolos de las unidades Sí se indican entre parentesis) Pam convertir en Añinpliguese por abamperio amperno 14) 1,000 Oe E +01 abculombio culombio (0 1,000 00 E +01 abfaradio faradio (E) 1,000 000*E + qa abhenrio hernmo (H) 1,000 000" E —09 abmho 4 1,000 vo0=E +05 abolmua 1,009 000 E —09 abroltio voltio (14 1,000 000 E — 202 4,046 373 E+O2 meto cusdrado (Qu culorabao (0) segundo (si acre (Estados Unidos, aenimensuna) 3.600 000*E +93 3,152 600 E 4147 amperio hora amo calendario) ano (sideren) segundo (34 3,1 115 Ep 17 ago rapucal) segundo (s) 3,132 05% E 4 dy ano luz metro ( 3460032 E-sld2 sea metro cuadrado (mi; 1,005 000+*E 02 atnosfera (becnologicaj = aimostera (tipo) 1 kefiem* pasesl (Pal pascal (Pa; 9,806 6H E +04 LO RAPE TOS * Un asterisco (*) colocado a continuación del sexto decimal indica que el factor de conversión es exacto y que todos los dígitos siguientes son ceros. Si se indica menos de seis decimales, quiere decir que no se justifica una precisión mayor. Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 15 de 23 (gh REPÚBLICA DE COLOMBIA Liberga y ren MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: ” 3000.492 ) E wc Y Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Para convertir Sr Multipliquese por cal (ermaquinica) der an cal fiermoquimicalema? .s cal itermoquimical dom. O caloria (Tabla internacional; czloria (medial caloria (termoquiniez; caloria (15 Ch caloria QC) caloria (kilogramo, Tabía internacional) caloria (Aclogramo, media) caloría Glogramo, termomumica) seuíimatro de mercurio (EY centimetro de agua (40) centipolsa ceutisinkes elo copa cuarto (Estados Unidos, aridos) cuarto ¿Estados Unidos, liquidos) cure día (solar medio) día fxidareo dina dina .cm dina os electronvaltio EXU [unidad electromagnetica] de capacitancia EMU de corriente EMT de tuductanela EMU de potencial electrico EMU de resistencia axglo aergiolcna? 5 ergioss escrupulo 124 granos] estafoamperio extatoculoribio estatofaradio statohenrio entatobmio estatombho extatovoltio ESU [unidad electrostatica] de capacitancia ESTU de corniente ESU de inductancia ESE de potencial electrico ESU de resittencia E] vatio por metro cuadrado (W/m) vabho por mero cuadrado (Wai valio por meiro lelrin (Wém-K) Julio (1 quo 0) julio (3 juko ¿J) pascal (Par pascal (Paj pascal segundo ¡Párs) metro cuadrado por seguudo (1/4) kebria metro cuadrado por vatio (K-mitar metro cubico (uy metro cubico (m* metro cubico (m9 becquerel (Ba) segundo (8) segundo (e) mewtoz EN newton metro (Mom pascal (Pa) jubo (7) faradio (E) ampera (4) heurio (E) vola (Y) julio 0h vato por metro cuadrado (W.m?) vatlo (00) kilogramo ¿kz) amperlo (A) culombsa (Cy facadia (F2 henrio (ED olmio (£3 siemens (3) voltio meíra cubico (mi) faradio (Fo ampeno (4; haurio (4D) voltio (Y) 6,973 314 FE402 4,184 DOE 4 04 4,184 000*B 4 02 4,186 00H +00 4,184 000*É 4-00 4,185 80" Es 00 3,184 90 E-4-00 4,186 800 4-03 4,190 02 E-+03 4,194 O00*E +03 13032 Es) 9,806 34 F-0l 1,000 G00*E 03. 1,000 000*E 06 2.004 712 E-01 2,365 882 E- 4 1,104 201 E-03 9,463 520 E-0d 3,200 000E ++ 10 3,640 000 E+04 8,614 409 E +04 1,000 000 E - (5 1,006 OYE (87 BO PE 087 LAR 10 E 10 1.000 000%E 1 659 1,000 000% + 01 100-000 E 007 1,000: 000% +08 1,000 QU0*E 09 1,000 000*E 07 1,0004 DOG*E 09 1,000 000*E 07 1,5545 174 E-03 3,135 610 E- Dr 1,112 650 E-12 8,987 554 E4-11 8,987 534 E+ 11 21,997 92% E-02 1,016 000% +00) 1,112 650 E- 12 33356 E-30 397 334 E4 Jl 3,087 544 E-s11] ¡R-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 16 de 23gL REPÚBLICA DE COLOMBIA Liso y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Principio de Procedencia: 3000.492 Resolución Número 03548 ? Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” e Para convertir en Multipligaese por faraday (a baze del carbono 12%) faraday (fisico; faraday (quimico; ferna (Femtometro) foto gu galoo (Canada, liquidos) galos (Reno Linido, liquidos) galou (Estados Unidos, aridos) galon (Estados Unidos, ligwidos) gal (Estados Linidos, lquidos)/día gal (Estados Unidos, liquidos! mia gal (Estados Linidos, liquidos) hp .h (SFC= consuno especióco de combustble)* Zruss gin glibert grado grado grado (angulo; *"F-hpiesBon (Tabla internacional! (K, resistencia termica] "F-A*pievBta ftermoquinica) (E, resistencia termica) gramo gramo-fuierza cue? hectanea hora (solar medió hora (siderea) kl om 1. úm fmazal Kat? lilocalonis (Tabla internacional) Lilocaloria (uedia) lilocaloria fermeoquinica) lilocalonia (termogsinica) mia kilocaloria (termoguímicaléz kilogramo-fuerza (kegf kilolíbra (1 000 1bf) hilolibra'puleada? (ks lilopondio kméh XW-h lambert lambert ceulomibio (E) calombio (0) culombio (E) metro (11) honen por metro cuadrado (Eaim*) metro por segundo al cuadrado (12) rastro eubico (mu) metro cubico (1 xmeetro cubico (10) wetro eubico (né) metro por segundo al cuadrado (més metro cubico por segundo im'ys) metro cubico por julio (mé:T) tesla (T) kilogramo por metro cubico (ke/né! aruperio (4) grado (suenlarn radian (rad) radian (rad) kalvin metro cuadrado por vatio (Km) Leia metro cuadrado por vatio (Kumi) kilogramo (kg) pascal (Pa; metro cuadrado (1) segundo 18) sezunxdo ($) verion metro (Mm) kilogramo (kg) pascal (Pa; pascal (Par pascal (Pa) jilo jalio ¿1 watio 0 valio QA mentos (Ny venton EMT pascal (Pa; nevtaa EN] metro por segundo (més) julio (1) cxuudela por metro cuadrado (cdímó) candels por metro cuadrado (cdi) 432 16 La de 1.000 € 4,545 000 E-03 4,540 08 E--04 4,404 884 E-0% BRA NZ E 01 4,181 264 £- 08 8,9020 E 05 1,410 089 E 03 1,000 0006 4 03 A 1,570 796 E-- 03 1,745 320 E-02 1,761 Y L-01 LAIR E O 1,000 0004 (63 9,906 630"E +01 3 AO OE 04 4,806 SOME +00 $0 AO E 00 4,206 6507 E +04 4,206 050% E 4400 4,806 450%E + 06 4,184 ROSE 403 419002 E+05 4,184. 00 E 4-03 6,473 333 E+01 4,184 900% 04 4,806 650 E +00 622 Er 6,004 757 Es-D6 4,806 090*B 4-00 2,717 778 E-01 3,600 000E +06 La "E-0s 3.183.089 E-- 0% Fecha: 15/12/2011 Página: 17 de 2 GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: 3000.492 ¿03548 ) 21 Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Ea mm Para convertir En Mulapliquese por millas (internacional! minmato (asgulo) mivuto (solar medio) numuto (zidereo) nudo fintemacional; versted obmio sentimetro obmio circular-aal por ple onza lavroirdupols) onza (Estados Unidos, liquidos) ouzs (Beumo nido, liquidos; ouza (troy o de uzo farmaceutico) onza-fuerra onza-fuerza. pulgada ovuza liquida (Estados Umidos) oz (aroiedupolsiégal (Retuo Unido, hquidos) oz (avoirdupois)'gal (Estados Uluidos, liquidos) oz (svoirdupois) pulgada? az (avolrdupols)ple* pz [avolrdupoisvarda!* parec penr (O) per AE) pem. pulgada (604 pera. pulgada (133404 pie pue (Estados Unidos, azrimensura; pie de agua (39,2%Fy pie? peta (difusion termuca) piatíz pie" (volumen; modulo de seccion] pia min predio pe? (momento'de seccion) picsh pie/amin pleés pei pie, bf pia. la gue. bf min pue bs ple-poundal pita (Estados Unidos, aridoz) metro por segundo (me) zadian £rad) segundo (%) segundo (31 metro por segundo (vs) amperio por metro (Am) chieio metro (Em ebunio milimesro cnadrado por metro (E mm? mé dilogramo (ke) metro cubico (mé) metro cubico in) kilogramo (kg) newton metro (N- 2 metro eubico (mé) dilogramo por metra cubico ¿kgina) kilogramo por metro cubico (gim dilogramo por metro cubuco (Kg m0) dilogramo por metro cuadrado (liga) kilogramo por metro cuadrado (kg) metro (my kilogramo pos pascal segundo metro euadrado (kgr Pa- pm lilogramo por pascal segundo metro cuadrado ixg/Pars. mel lilogramo por pascal segundo metro kilogramo por pascal segundo metro (kerPa sum metro na) pascal (Pal metro cuadrado (1) metro cuadrado por segundo (2/5) metro cuadrado por segundo (ms) metro culico (mé) metro cubico por segundo (més metro eubico por segundo (12) metro a la cuarta potencia (mé metro por segundo [m.s) metro por segundo (11m) metro por segundo (1.4) meetro por segundo al cuadrado (nus; julio (1) vato 04) watio 0 vatio 0% Julio $) meto cubico (ue) 1,609 HE +03 6.4100 000 Es 01 5,981 617 E+01 Es 01 1,66% 426 EU 2,844 452 E-02 2,087 359 E-U5 2,641 M7 E-03 31100148 E 07 2,090 139 E-(4 7,061 552 E-d4 2,957 153 E 15 6,2360 E+00 7,489 152 E-+00 1,720:094 Ea 0% 3,043 517 E-91 3,100 57% E--42 1,4594 9 E-l2 3,048 CODE (01 2,503 98 E-03 4,290 304'E (2 9,230 304 *E - 012 2331 685 E-02 411944 E--(e 2,831 685 E-02 8,630 975 E-01 3,400 647 E--0% $,080 000E — 03 3,063 Q00*E 04 3,048 ODO" E — 011 1,193 $18 E 00 3,760 161 E- 04 2,259 697 Es 02 1,3553 818 E4+00 4,214 011 E- 02 3,506 105 E- 04 : GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 18 de 234, . REPÚBLICA DE COLOMBIA Elbetos y Ordon, MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Principio de Procedencia: 3000.492 Resolución Número ¿03548 ? Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Para conversar eN Multiplignese per pinta (Estados Unidos, liquidos; poliza (viscosidad absoluta) polo uuidad poundal poundads ple? poundal.s ple” pulgada pulgada de agua (30,2%) puleada de aeua (60 P> pulgada de mencario (F2eP) pulgada de mercurio (40F) pulgada? pulgada? (volumen; modulo de seccion) palgada**min pulgada? (momenta de seccion) pulgadas pulgadas quintal (corto; quiatal farzo) rad (dosis de radiacion abuorbida) TEM re roentzen slugspiéss huge aátokes Cuiscosidad comematica) tera tonelada tonelada (astayó tonelada (corta, 2200 lb tonelada (equivalente muiclear de TNT) tonelada Carga, 2240 0) tonelada (metrical tonelada (vefigerzcion; tonelada (de registro) tonelada Gargajivarda? tonelada toortajyh tonelada-fuerzz (2 000 16 tor (a Hz, 0%) e unidad termica britanica (Btu) (Tabla internacional) unmdad termica britanics (Bu) (medial unidad termica britanica (Eto) (termoquímica) vuidad termica britanica (Bro) (199F) metro cubica (mó) pascal segundo (Pa. gi waber (Wh) newton IN) pascal (Paz pascal segundo (Pa.s) metro (m1) pascal (Pa pascal (Pai pascal (Pal pascal (Pal metro cuadrado (13 metro cubico (11% metro cubico por segundo (mi) metro a la cuarta potencia (mm) metro por segundo (mus) metro por sazuudo al cuadrado (má) kilogramo ¿Ez) hilosrimo (kz) gray (y) aavext (Su) 1 por pascal seguado (1 Fu: s) culombio por kilogramo (kg) zadian (ad) sezundo (5) kilogramo (kgl pascal sezundo ¿Par s) kilogramo por metro crbuca gt) caudela por metro cuadrado (odím) metro cuadrado por seguado (mr, julia (Jo kilogramo (8) kilogramo (kg) kilogramo ¿kg judia (1) kilogramo (ka) bilogramo (kg) vatio [4 metro cubieo (m3) kilogramo por metro cubito (kasmé) kilogramo por segundo (kgs) uewion EN) pascal (Pa) julio ¿Ti julio (T jalio ¿TN julio (J 3,000 000E 01 1,356 037 E-07 LAR 350 E 1,48£ 164 Es 1,488 164 E-s 00 E 3,386 38 E+0) 3137683 Ejdn GASÍ QUE 14 1.638 706 E-415 ALTA 197 4 4,162 314 E-07 2,540 000*E - 02 2,540 DOPHE +02 4343 024 Fede AGO ZAS 10 101 1,0100 (00 412 1,000 000% 4411 2,5% E--14 4,48 137 Eo 06 9,072 606 E-04 1,434 390 Er 4,78% 0%0 E401 5135 7188 E+ 02 400% QUE 4 0 QUO 0QUE 04 1,033 06 E + 0E LOG DOE +03 2,916 667 E- 02 4,134 E-( 1.016 097 E-07 1,000 (MO*E +-113 1,576 800 Ex 03 2,831 885 E+-(00 1,3208 939 +03 2,519 954 E--01 E,2Ó6 did E 0 LN +02 4,085 056 E +03 1,055 87 Está 1,054 351 E-+03 1,034 67 Et ve: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 19 de 234b | Principio de Procedencia: 3000.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA Llosa y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE Resolución Número ¿03548 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” Para convertí en Miltipliquese por unidad termica britamiez (Bay) (59+F)]. unidad termica britanica (Bru) (40*F) We h Wes Weci* Y ¿quigade? varda yardas yarda varda*/min julio (T) ¿alía ¿Th vatio por metro cuadrado (Wi) vatio por metro euadrado (Wim) metro (mu) metro cuasdrado (1) metro cubico (mé) metro cubico por segundo (mié) 103480 EFO 10546 EOI 1,000 000*E +00 1,000 100*E + 04 1.350 003 EF 03 9,144 U0UYE 051 2,381 2 Tabla C-2 Formulas de conversion de temperatura Para convertir am Utificese la forneda Temperatara Celsius Mogk Temperatura Falmenhert (top) Temperatura Fahrenheit (Esp) Tempertua Kelvin fig) Temperatura Rankine (10) Temperatura Kebaz (ig) Temperatura. Caleius (Log) Temperatura Kelvin (tg) Temperatura Celems (tp) Temperatura Kelvin (ty) lg = rg AS lg = dep +? 439,6771,8 Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 20 de 23 | REPÚBLICA DE COLOMBIA Libesad y arden MINISTERIO DE TRANSPORTE ¿ UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL Resolución Número Principio de Procedencia: 3000.492 TS ¿03548? o) Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” APENDICE 4 TIEMPO UNIVERSAL COORDINADO (a) El Tiempo Universal Coordinado (UTC), ha sustituido la Hora Media de Greenwich (GMT) como norma internacional aceptada para fijar la hora. Es la base en muchos Estados para fijar la hora civil y se utiliza también en todo el mundo para las radiodifusiones de señales horarias empleadas en la aviación. Organismos como la Conferencia General sobre Pesas y Medidas (CGPM), el Comité Consultivo Internacional de Radiocomunicaciones (CCIR) y la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones (VWARC) recomiendan el empleo del UTC. (b) Toda medición del tiempo se basa en la duración de la rotación aparente del sol. Sin embargo, esta es una cantidad variable que depende, entre otras cosas, de donde se haga la medición en la tierra. El valor medio de esa duración, basado en las mediciones hechas en varios lugares de la tierra, se conoce como Tiempo Universal. Existe una escala de tiempo diferente, basada en la definición del segundo y conocida con el nombre de Tiempo Atómico Internacional (TAI). La combinación de estas dos escalas da como resultado el Tiempo Universal Coordinado (UTC), el cual consiste en el TAl ajustado en la medida necesaria mediante segundos intercalados hasta obtener una buena aproximación (siempre inferior a 0,5 segundos) al Tiempo Universal. ” APENDICE 5 PRESENTACIÓN DE LA FECHA Y LA HORA EN FORMA EXCLUSIVAMENTE NUMÉRICA a) Introducción En las Normas 2014 y 3307 de la Organización Internacional de Normalización (ISO), se describen en detalle los procedimientos para escribir la fecha y la hora en forma exclusivamente numérica y, en adelante, la OACI empleará dichos procedimientos en sus documentos cuando lo considere apropiado. b) Presentación de la fecha (1) Cuando las fechas se presentan en forma exclusivamente numérica, el orden a seguir será año-mes-día. Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 21 de 234 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE j UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL 7) Resolución Número : 2 CU Principio de Procedencia: 3000.492 p03548 | Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” (1) Los elementos que constituyen la fecha deberán ser: — cuatro cifras para representar el año; no obstante, pueden omitirse las cifras que corresponden al “siglo” cuando no haya posibilidad de confusión. (ii) Cuando se considere necesario separar los elementos para facilitar la comprensión visual, la única separación que se debe emplear es un espacio o un guión. Por ejemplo, el 25 de agosto de 1983 puede escribirse de la siguiente manera: (A) -19830825 ó 830825 ó -1983-08-25 ó 83-08-25 ó -1983 08 25 ó 83 08 25 (2) La secuencia indicada (Correspondiente a las secuencia ISO) se debe utilizar solamente cuando se emplee una presentación totalmente numérica. Las presentaciones que emplean una combinación de cifras y palabras se pueden seguir utilizando si resulta necesario (por ejemplo, 25 de agosto de 1983). c) Presentación de la hora (1) Cuando la hora del día se haya de escribir en forma exclusivamente numérica, la secuencia debe ser la de horas-minutos-segundos. (2) Dentro del sistema horario de 24 horas, la hora debe representarse por medio de dos cifras que se extienden del 00 al 23, y éstas pueden ir seguidas de, o bien una fracción decimal de la hora o bien el número de minutos y segundos. Cuando la presentación de la hora se haga mediante un número decimal, se debe emplear un elemento separador decimal normal, seguido del número de cifras necesarias para facilitar la exactitud requerida. (3) De igual modo, los minutos deben representarse por medio de dos cifras del 00 al 59, seguidas de una fracción decimal de minuto o el número de segundos. (4) Los segundos deben representarse por medio de dos cifras del 00 al 59, seguidos, de ser necesario, de una fracción decimal de segundo. (5) Cuando sea necesario facilitar la comprensión visual deberían emplearse dos puntos para separar las horas de los minutos y los minutos de los segundos. Por ejemplo, las 3 horas 20 minutos y 18 segundos de la tarde podrían expresarse de la siguiente forma: 152018 ó 15:20:18 en horas, minutos y segundos ó 1520.3 ó 15:20.3 en horas, minutos y fracción decimal de un minuto 15.338.1 horas y fracción decimal de una hora. 15.338.2 Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 22 de 23i, | REPÚBLICA DE COLOMBIA Livostas y Orea MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL , 1) Resolución Número Principio de Procedencia: Pod 3000.492 ( ) E 03548 Continuación de la Resolución: “Por la cual se renumera la Norma RAC 18 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 100 y se modifica su sistema de nomenclatura” d) Grupos de fecha y hora combinados Esta clase de presentación ofrece un método uniforme de escribir la fecha y la hora juntos, cuando esto sea necesario. En tales casos, el orden de los elementos es el de año-mes-día- horas-minutos-segundos. No siempre es necesario emplear todos los elementos. Por ejemplo, típicamente se podrían usar solamente los elementos día-horas- minutos ARTÍCULO SEGUNDO. Previa su publicación en el Diario Oficial, incorpórense las presentes disposiciones en la versión oficial de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia publicada en la Página web www. aerocivil. gov.co. ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los: GUSTAVO ALBERTO LENIS STEFFENS Director General Proyectó: Juan Carlos Tarazona — Grupo Normas pomnáacas 24 Kerlly Zuiay Ortiz Nieto -Grupo de Normas Aeronáuti cp Revisó: Edgar B. Rivera Florez — Jefe de Grupo de Normas hacias). Aprobó: Eduardo E. Tovar Añez — Jefe Oficina de Transporte 8) Clave: GDIR-3.0-12-10 Versión: 01 Fecha: 15/12/2011 Página: 23 de 23